Pensiones
Cuál es la diferencia entre jubilación parcial y jubilación flexible y quién puede optar a ellas en España
Dos fórmulas para compatibilizar trabajo y pensión, pero con requisitos y momentos de acceso diferentes


Publicado el 14/09/2026 a las 05:00
Llegar a la jubilación no siempre significa dejar de trabajar de un día para otro. La Seguridad Social contempla distintas fórmulas para compatibilizar el cobro de una pensión con una actividad laboral, entre ellas la jubilación parcial y la jubilación flexible. Aunque sus nombres pueden llevar a confusión, se trata de dos situaciones diferentes y el momento en el que se accede a ellas es una de sus principales diferencias.
Jubilación parcial: reducir la jornada antes de retirarse
La jubilación parcial permite al trabajador reducir su jornada y su salario y, al mismo tiempo, comenzar a cobrar una parte de la pensión de jubilación. Se puede acceder a ella una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación sin necesidad de que exista un contrato de relevo. En este caso, la reducción de jornada puede situarse entre el 25% y el 75%.
¿Qué trabajadores tienen derecho a la jubilación parcial?
También existe la posibilidad de acceder a la jubilación parcial antes de alcanzar la edad ordinaria. Esta opción está dirigida a trabajadores por cuenta ajena a jornada completa y exige que la empresa formalice simultáneamente un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo. Desde la reforma que entró en vigor en 2025, el adelanto puede llegar hasta tres años respecto a la edad ordinaria, aunque existen requisitos específicos de cotización y, cuando el adelanto supera los dos años, la reducción de jornada durante el primer año es más limitada.
Jubilación flexible: ya estás jubilado y vuelves a trabajar
La diferencia fundamental está aquí. En la jubilación flexible, la persona ya ha causado su pensión de jubilación y posteriormente decide compatibilizarla con un trabajo a tiempo parcial. La pensión se reduce en proporción a la jornada laboral que realice. La nueva jubilación flexible llega con premio pero letra pequeña: más pensión mientras trabajas, pero sin recálculo de la pensión al dejarlo.
Desde el 28 de agosto de 2026, la jornada compatible debe situarse entre el 33% y el 80% de la jornada completa comparable. Además, la normativa permite ahora que esta modalidad pueda aplicarse también cuando el pensionista realiza una actividad por cuenta propia, siempre que no hubiera estado de alta como autónomo durante los tres años anteriores a su jubilación.
En ambos casos, por tanto, se puede combinar trabajo y pensión, pero la jubilación parcial sirve para reducir progresivamente la actividad antes de la jubilación completa, mientras que la flexible permite trabajar después de haberse jubilado. Son fórmulas pensadas para facilitar una salida más gradual del mercado laboral, aunque sus requisitos y efectos económicos son diferentes.
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