Gestión de pymes
'Empresas con pérdidas: más liquidez vía impuestos', por José Ignacio Pérez de Albéniz


Actualizado el 26/05/2021 a las 17:28
El pasado 18 de mayo la Comisión Europea adoptó una Recomendación sobre el tratamiento fiscal de las pérdidas incurridas por las empresas durante la crisis de la COVID-19. Reconoce la comisión que las Pymes, y especialmente en algunos sectores, han sido las más afectadas por las restricciones impuestas para preservar la salud pública. Ello ha provocado que muchos Estados hayan tomado medidas a corto plazo para garantizar la liquidez de las empresas, como los aplazamientos en los pagos de impuestos y, con carácter menos general, la compensación de pérdidas.
Esta última medida es contemplada por los Estados de varias maneras: normalmente aplicando las pérdidas al ejercicio en curso y, si hay excesos, realizando la compensación con beneficios de ejercicios futuros, o aplicándolos a beneficios de ejercicios precedentes, lo que daría lugar a devoluciones de impuestos pagados con anterioridad.
Advierte la Comisión de que la medida de compensar a futuro resulta menos útil para las empresas, que obtendrán liquidez cuando vuelvan a ser rentables, compensando con beneficios futuros. La ayuda resulta mucho más efectiva si pueden compensar las pérdidas actuales con beneficios de periodos anteriores, ya que produce devoluciones inmediatas de impuestos pagados anteriormente, y el dinero llega inmediatamente, justo cuando se necesita, en plena crisis.
Añade la Comisión que esta medida ayuda especialmente a las PYMES, y además se centra en empresas que eran rentables antes de la pandemia, es decir, empresas sanas cuyas pérdidas surgieron por la actual crisis, y no en empresas “zombies” que podían ser ya entonces inviables.
Por último, advierte que el coste de la medida para Hacienda es financiero: las pérdidas se compensarán antes o después, simplemente se anticipa la compensación, y Hacienda cobrará más tarde. Y, además, se inyecta liquidez en las empresas cuando verdaderamente más falta les hace, y esa ayuda podrá traducirse en continuidad y beneficios futuros, que producirán también impuestos.
Con el objeto de coordinar en todos los Estados el tratamiento de las pérdidas sufridas por las empresas en los años 2020 y 2021, la Comisión concluye con la siguiente recomendación:
- Los Estados deben permitir trasladar las pérdidas de los años 2020 y 2021 como mínimo a 2019. Ello supondría poder modificar la declaración de ese año y aplicarle las pérdidas futuras originadas en 2020 y 2021 para obtener una devolución de impuestos efectiva.
- Los Estados pueden ampliar el traslado de esas pérdidas también a los años 2017 y 2018, siempre que no hayan tenido pérdidas en esos ejercicios.
- Incluso los Estados deben permitir que, con inmediatez y sin necesidad de esperar al fin del año 2021, las empresas trasladen las pérdidas previstas a ejercicios anteriores.
- Para evitar un excesivo impacto presupuestario, los Estados deben limitar la cuantía de las pérdidas a trasladar por la empresa a ejercicios anteriores a 3 millones de euros por ejercicio.
En definitiva, se trata de una medida que no es nueva (en el argot fiscal se denomina “carry back”), que ya está implantada en varios países y también en algunos territorios del País Vasco, y que inyecta liquidez a las empresas en el momento en el que verdaderamente les hace falta, es decir, ahora. Y lo más importante y novedoso, se trata de una medida que la Comisión Europea recomienda efusivamente.
Una buena y efectiva medida de la que deberíamos tomar nota.
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