Autopista
Navarra mantiene la subida del 7% en la AP-15 frente al 4% del Estado
Tras la decisión del Gobierno de Pedro Sánchez de topar precios en once autopistas estatales, Navarra opta por seguir con el alza del 7%

Actualizado el 29/12/2022 a las 08:06
El Gobierno de Navarra no dará marcha atrás en su decisión de aumentar casi un 7% los peajes de la Autopista de Navarra (AP-15) a partir del 1 de enero del próximo año, a pesar de la medida anunciada estos días por el Estado de limitar al 4% la subida de los precios en once autopistas del resto del país.
Preguntado este miércoles Javier Remírez por esta cuestión en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno, indicó que se trata de una medida “ya tomada” en la sesión del Ejecutivo de la semana pasada, en la que se acordó una subida de los peajes del 6,935%. Esta subida, como señala el contrato con la concesionaria, es el equivalente al 95% del IPC nacional correspondiente al periodo del 1 de noviembre de 2021 al 31 de octubre de 2022 (7,3%). “Por tanto esa medida se implementará”, subrayó.
Remírez justificó que la AP-15 es una concesión al 50% entre el Gobierno de Navarra y una empresa privada, Audenasa, “por tanto, en principio, no habría cambios al respecto”.
El Ejecutivo de Sánchez aprobó limitar al 4% el alza de los peajes en once autopistas de pago en 2023 “para mitigar el aumento de las tarifas del 8,4% por la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC) y el efecto de las revisiones extraordinarias en tres de ellas. El objetivo es ayudar a la ciudadanía a afrontar el escenario actual de altos precios de la energía”.

PEAJE TRONCAL: 6,35 EUROS
Así, con la nueva subida, el peaje troncal en la AP-15 para vehículos ligeros pasa de 5,95 a 6,35 euros en la tarifa normal; de 3,63 a 3,89 con descuentos específico; y de 1,81 euros a 1,95 en la tarifa con retorno en menos de 72 horas. (En el gráfico superior se muestran los nuevos precios por vehículos, tramos y tarifas).
A partir del próximo 1 de enero se prorroga el descuento adicional de vehículos ligeros (clase I) que realicen viajes de ida y vuelta cuando el retorno se realice en las 24 horas siguientes al tránsito de origen , por lo que seguirán abonando el IVA correspondiente.