El Gobierno de Navarra envía al Parlamento la deducción fiscal para el IRPF de las madres
Sería una deducción en función de la renta que se cobrará en 2021


Actualizado el 15/11/2019 a las 14:59
Este proyecto de ley es la solución que ha planteado el Gobierno tras haber sido Navarra la única comunidad en que no se aplicó la sentencia del Tribunal Supremo que declaraba que estas prestaciones estaban exentas. En el resto de España, incluidos los regímenes forales del País Vasco, las administraciones devolvieron el dinero cobrado de más en el IRPF a todas las madres, y también a los padres afectados. En Navarra, una reciente sentencia del TSJN consideraba que la sentencia del Tribunal Supremo favorable a las madres y padres en el resto de España no es aplicable en Navarra debido a la autonomía tributaria de la Comunidad foral. El PSN, sin embargo, se comprometió en campaña electoral, y tras ella, con la madres afectadas a buscar una solución. La que ha propuesto no es devolver el dinero a todos los afectados sino crear una deducción que tiene en cuenta el nivel de ingresos de las madres y padres y devolverá más a las personas con menos ingresos y más a las que tienen más ingresos.
La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite, ya explicó en el Parlamento, el pasado 30 de octubre, el procedimiento que se seguirá y que está contemplado en el proyecto de ley.
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El proyecto de Ley Foral, en su artículo único, modifica el contenido de la disposición adicional vigésima novena, recogiendo una nueva deducción, aplicable únicamente en el año 2020, por prestaciones de maternidad y paternidad percibidas entre 2015 y 2018. Se trata con ello de dar una ayuda a las familias que tuvieron hijos e hijas entre esos citados años y cuyas prestaciones de maternidad y paternidad no estuvieron exentas.
La deducción se aplica sobre la cuota diferencial del impuesto. Esto significa que puede ser íntegramente devuelta al sujeto pasivo en los casos en que la cuota diferencial del IRPF correspondiente a 2020 sea cero o negativa, y se determina también del mismo modo, con la única salvedad de que se aplica sobre prestaciones de maternidad o paternidad percibidas entre 2015 y 2018.
De este modo, la deducción será el resultado de aplicar el porcentaje del 25% sobre las prestaciones percibidas por los sujetos pasivos cuyas rentas, incluidas las exentas, no superen 30.000 euros. Dicho porcentaje se va reduciendo a medida que aumenten las rentas del sujeto pasivo hasta llegar a cero para rentas superiores a 105.000 euros.
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