Tráfico
La DGT cambia las normas para los conductores nacidos entre 1956 y 1961
La normativa no obliga a dejar el volante al cumplir una determinada edad, ya que la capacidad para seguir conduciendo depende exclusivamente del estado físico, sensorial y cognitivo de cada persona


Actualizado el 06/05/2026 a las 08:47
El permiso de conducir sigue siendo imprescindible para millones de personas en España. Más allá de facilitar la movilidad y la autonomía personal, también resulta fundamental para numerosos trabajadores que dependen del vehículo en su día a día. Por ello, cualquier cambio relacionado con su renovación genera un gran interés, especialmente entre los conductores de mayor edad.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha vuelto a recordar que en España no existe una edad máxima para conducir. La normativa no obliga a dejar el volante al cumplir una determinada edad, ya que la capacidad para seguir conduciendo depende exclusivamente del estado físico, sensorial y cognitivo de cada persona.
Renovaciones más frecuentes desde los 65 años
Aunque no existe un límite de edad, sí cambian las condiciones de renovación del permiso a partir de los 65 años. La DGT establece revisiones más frecuentes con el objetivo de reforzar la seguridad vial y comprobar que los conductores mantienen las aptitudes necesarias para circular con seguridad.
De este modo, los conductores mayores de 65 años deben renovar:
Cada 5 años los permisos AM, A1, A2, A, B y las licencias de conducción. Cada 3 años los permisos profesionales para camiones y autobuses, como C, C1, D, D1, EC o ED.
Hasta esa edad, el permiso B —el más habitual entre los conductores españoles— tiene una vigencia de 10 años.
Qué cambia para los nacidos en 1961
En 2026, los conductores nacidos en 1961 cumplirán 65 años. Esto implica que, desde ese momento, dejarán de renovar su carné cada década y deberán hacerlo cada cinco años, tal y como establece la normativa actual de Tráfico.
El objetivo de esta medida es incrementar el control médico sobre las capacidades necesarias para conducir, especialmente en aspectos relacionados con la visión, la audición, los reflejos o la coordinación.
Los mayores de 70 años no pagan tasas
Otra de las medidas que afecta a los conductores sénior tiene que ver con el coste de la renovación. A partir de los 70 años, los ciudadanos quedan exentos del pago de las tasas de la DGT para renovar el permiso de conducir.
Sin embargo, sí deben seguir abonando el reconocimiento médico obligatorio, que debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por Tráfico. Estos centros son los encargados de remitir directamente el resultado a la administración.
En 2026, esta exención beneficiará a las personas nacidas en 1956 que tengan que renovar su permiso durante este año.
Además, los mayores de 70 años pueden realizar este trámite sin necesidad de solicitar cita previa.
El reconocimiento médico sigue siendo obligatorio
La DGT insiste en que la edad, por sí sola, no impide conducir. Tanto Tráfico como el RACE recuerdan que únicamente deben dejar de hacerlo quienes no superen las pruebas médicas exigidas o presenten limitaciones incompatibles con una conducción segura.
Los conocidos tests psicotécnicos evalúan distintas capacidades fundamentales para la conducción, entre ellas:
Visión y audición. Coordinación y reflejos. Estado cognitivo. Capacidad motora.
Mientras el conductor supere estas pruebas y no exista una retirada administrativa o judicial del permiso, podrá seguir renovándolo sin límite de edad.
La edad no excluye automáticamente de conducir
La normativa española mantiene así un criterio basado en las capacidades reales del conductor y no en su fecha de nacimiento. De hecho, cada vez es más habitual encontrar personas de edad avanzada que continúan conduciendo con total normalidad tras superar los controles médicos obligatorios.
La DGT considera que este sistema permite compatibilizar la seguridad vial con la autonomía de los conductores mayores, evitando restricciones automáticas únicamente por cuestión de edad.