La ley de familias recoge una ayuda de 100 euros: requisitos y a quién va dirigida

Se trata de una ayuda que busca dar facilidades a familias con hijos de cero a tres años

La ley de familias incluye una ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años
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La ley de familias incluye una ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años
La ley de familias incluye una ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años

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Javier EcheverríaDN Contenidos

Publicado el 07/03/2024 a las 08:18

El proyecto de Ley de Familias aprobado por el Gobierno y enviado al Congreso de los Diputados la semana pasada incluye, entre otros aspectos, la eliminación del término “familia numerosa”, que lo sustituye por “familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza”, y la aprobación de un permiso parental de ocho semanas hasta que el menor cumpla los ocho años.

Otros los puntos principales de esta ley es la prestación por crianza, una ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años.

La ayuda consiste en 100 euros al mes por cada hijo a cargo y pueden acogerse a ella los progenitores con trabajo asalariado y también los que estén en paro. En el mes que nace el niño o niña, el progenitor debe haber cotizado al menos un día, o al menos haber cobrado el subsidio de desempleo.

Existen otros modelos de familia que también pueden solicitar esta prestación por crianza, como los siguientes:

- Madres que estén cobrando una prestación.

- Madres con un empleo a tiempo parcial o completo.

- Familias en situación de monoparentalidad o monomarentalidad por ingreso en prisión de uno de los progenitores u obtención de la custodia.

- Padres del mismo sexo.

¿Cómo solicitar esta ayuda?

Para solicitar esta ayuda económica, siempre y cuando se cumplan con los requisitos necesarios, debe cumplimentarse el formulario del Modelo 140, disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

Se debe facilitar el DNI del solicitante y el NIF de los menores de tres años. Una vez rellenado, se debe presentar el documento obtenido en las oficinas de la Agencia Tributaria. También se puede formalizar la solicitud a través del correo electrónico o llamando por teléfono.

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