Tribunal Supremo
Confirman la condena a una presa por asesinar a su compañera de celda en Pamplona: "Causó la muerte a quien estaba allí para protegerla"
El Tribunal Supremo desestima el recurso de la acusada y mantiene la condena a 18 años de prisión


Actualizado el 05/11/2026 a las 19:48
Este fin de semana se cumplirán 5 años del asesinato de Margarita Munilla a manos de su compañera de celda en la prisión de Pamplona. Dos días antes, este jueves 5 de noviembre, el Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena impuesta en Navarra el año pasado tras el veredicto del jurado: 18 años de prisión para la acusada, Milagros Jiménez, y la reponsabilidad civil subsidiaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. "La acusada causó la muerte de quien estaba precisamente para cuidarla y protegerla", concluye el Alto Tribunal.
Esta última frase hace referencia a que la víctima, que cumplía condena en el Centro Penitenciario de Pamplona desde el 26 de abril de 2021, era la reclusa de apoyo de la encausada en el Programa de prevención de suicidios (PPS), por lo que pasaba las noches en la celda ocupada por esta.
Entre las 21.03 del 7 de noviembre y las 3.10 del día siguiente, la encausada la estranguló y asfixió en “un acometimiento sorpresivo, inopinado, y por la espalda”. Perpetró el crimen con “un elemento ancho y con poca capacidad de producir abrasión cutánea (antebrazo, toalla)”, según relató la magistrada presidenta del Tribunal del Jurado, en una sentencia que luego refrendó el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. La procesada siempre ha negado que la matara.
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Antes del día 7, seguía la resolución, la víctima estaba descontenta con su labor como reclusa de apoyo en el programa PPS con la interna, una circunstancia que había comunicado ese mismo día por la mañana a una funcionaria. Y, asimismo, esa tarde había presentado una instancia oficial de renuncia en la que reseñaba que estar junto con la citada reclusa le afectaba a su salud mental. El centro penitenciario, según recoge la sentencia, no adoptó medida alguna de protección.
Para alcanzar el veredicto de culpabilidad, el jurado se basó en las declaraciones realizadas en el juicio por los testigos, así como en los informes forenses ratificados y explicados en la vista oral (el de la autopsia, el del ADN y los de las analíticas).
Tras el juicio, el jurado popular consideró a la procesada, actualmente de 52 años, culpable de un delito de asesinato con la concurrencia de la atenuante de alteración psíquica por su grave adicción a las drogas.
Ahora, el Tribunal Supremo ha respaldado la argumentación que ofreció el jurado popular para sostener su resolución. La defensa alegaba que a los ciudadanos no se les puso sobre la mesa todas las opciones posibles, pero los magistrados responden que el objeto del veredicto sobre el que tuvieron que pronunciarse "incluía todas las proposciones esenciales relativas a la causa de la muerte, a la actuación atribuida a la acusada y las alternativas defensivas".
Asimismo, el Supremo también destaca que el jurado tomó en consideración todos los datos acerca de la drogadicción y afectación de facultades en la acusada, pero no declaró una anulación ni una afectación grave. Y el TSJN "confirmó esa valoración".
RESPALDO A LA LABOR DEL JURADO Y A LA CONDENA IMPUESTA
En su respaldo a la labor del jurado y la primera sentencia, cuestionadas por la defensa, los magistrados afirman que se basaron en un informe de los forenses que fue "contundente".
También ven ajustada la pena de 18 años de cárcel (la defensa reclamaba la absolución o 15), no solo por la gravedad de los hechos sino porque la acusada mató a quien estaba allí para protegerla, tal y como destacó la magistrada en su primera sentencia: "La víctima era la reclusa de apoyo de la acusada en el programa de prevención de suicidios; permanecía en su celda para protegerla frente a cualquier ataque autolítico; aceptó esa funci ón pese a su dificultad; no consta que hubiera desplegado conducta hostil o reprobable frente a la acusada; y, según manifestó la propia acusada, la v íctima estaba escribiendo en la celda, probablemente la carta inacabada hallada en el bolso de aquella (acusada).
Tras conocer el fallo, los abogados de la pareja de la víctima, Iván Castaño y Emilio Bretos, han expresado su satisfacción: "Hoy se ha vuelto a hacer justicia. La justicia puede ser lenta, pero cuando llega, es firme e implacable. No hay mejor manera de honrar la memoria de Margarita, especialmente en estas fechas tan señaladas. Nuestro recuerdo y cariño a ella y a toda su familia".