Justicia
Desestiman la reclamación de una herencia millonaria por un empadronamiento en Pamplona
Un juzgado de Madrid rechaza la demanda del expresidente del Eibar sobre la fortuna de un empresario leonés


Publicado el 07/05/2026 a las 05:00
Un juzgado de Madrid ha considerado válido el empadronamiento en Pamplona durante tres años del millonario leonés Antonio Fernández Díez. Por tanto, también es legal que el hombre, fallecido en 2021, se acogiera al derecho foral navarro para dejar fuera de su herencia de 14 millones a su único hijo biológico, que tuvo que llegar hasta el Tribunal Supremo para conseguir este reconocimiento.
Con este argumento, el juzgado ha desestimado la demanda de Álex Aranzábal, un guipuzcoano de 51 años, expresidente del club de fútbol Eibar, que reclamaba toda la herencia o un 66% (un tercio legítimo y un tercio de mejora). Su abogado, Fernando Osuna, ha anunciado que recurrirán. "Es una sentencia muy endeble. No tiene en cuenta un hecho muy importante: lo absurdo e irracional que es que un multimillonario se vaya a vivir a Pamplona sin vínculo alguno económico, profesional, cultural, familiar...", ha declarado.
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Fernández murió en 2021 y dejó todo su patrimonio a a dos instituciones religiosas de León y Zamora, un oculista de Oviedo que presidió la Fundación Princesa de Asturias, dos sobrinos y su albacea, un familiar del exministro Luis de Guindos que recibe 10.000 euros al mes.
Soltero y con una vida muy discreta, Antonio Fernández era un ingeniero leonés que heredó el imperio de autobuses Fernández, empresa que vendió después a Alsa por 5.000 millones de las antigua pesetas, unos 30 millones de euros. Una de sus pocas aficiones conocidas era la caza, entorno en el que mantuvo una relación con una mujer guipuzcoana que se encontraba casada. De ahí nació el hoy demandante.
La relación se mantuvo en secreto hasta que, en 1999, Aranzábal supo por boca de su madre que Antonio Fernández era su padre. Emprendió entonces una batalla legal que le llevó hasta el Tribunal Supremo, que en 2021 reconoció la filiación tras una prueba genética.
Tras su muerte, la herencia dejaba fuera a Aranzábal. La razón: que 2001 a 2004, el empresario había estado empadronado en un modesto piso de Pamplona, y por tanto podía acogerse al derecho foral. A diferencia del derecho común, el derecho navarro da libertad para testar y no obliga a repartir un tercio del patrimonio entre sus hijos. De momento, un juzgado de Madrid ha avalado esta herencia. El caso continuará.