OPE

Educación: "La ley impide crear listas de aspirantes con carácter subsidiario"

Ante las dudas surgidas, aclara que de las OPE de 2024 se constituirán listas de aprobado sin plaza y listas generales, sin que pueda haber subsidiarias

El consejero de Educación, Carlos Gimeno, llegando este martes al Parlamento de Navarra
AmpliarAmpliar
El consejero de Educación, Carlos Gimeno, llegando al Parlamento de Navarra
El consejero de Educación, Carlos Gimeno, llegando este martes al Parlamento de Navarra

CerrarCerrar

Diario de Navarra

Publicado el 14/02/2024 a las 19:58

Tras la petición realizada por un grupo de docentes sin plaza, pero con oposiciones aprobadas, para que se creen listas subsidiarias en la OPE de 2024, Educación salió ayer nuevamente al paso para aclarar que eso no es posible.

Así, desde el departamento que lidera Carlos Gimeno se trasladó a los sindicatos docentes que la ley “impide la aplicación con carácter subsidiario de las listas de aspirantes a la contratación temporal que se constituyan de los procedimientos de estabilización por concurso-oposición respecto a aquellas listas de aspirantes vigentes derivadas del procedimiento selectivo de ingreso en la función pública”.

Se insiste en que la normativa reguladora, la ley Foral 19/2022, establece que el carácter subsidiario de las listas no es de aplicación al personal docente no universitario, que queda excluido expresamente, aunque sí lo es para otros ámbitos de la Administración.

PIERDEN SU VIGENCIA

De esta forma, el departamento ha recordado a los sindicatos docentes que Educación debe aplicar las normas de gestión de las relaciones de aspirantes a la contratación temporal establecidas en la Orden Foral 37/2020, cuyo artículo 4.3 dispone que las listas constituidas al amparo de este artículo (listas de aprobados sin plaza) estarán vigentes hasta la aprobación de una nueva lista de aspirantes a la contratación temporal que hayan superado la fase de oposición, sin superar el procedimiento selectivo, en el correspondiente cuerpo docente, especialidad e idioma”, lo cual supone que tras los procedimientos selectivos de estabilización para el ingreso en la función pública docente se han de confeccionar las relaciones de aspirantes a que se refiere el artículo 4 de la Orden Foral, que no pueden tener carácter subsidiario respecto de las anteriores de los correspondientes puestos de trabajo, especialidad e idioma y, en su caso, perfil de lengua extranjera que, por aplicación de la normativa, pierden su vigencia.

Los aspirantes que actualmente figuran en las listas aprobadas sin plaza y general permanecerán en las mismas, con la mejor nota que hayan obtenido en las tres últimas convocatorias de ingreso en el correspondiente cuerpo, especialidad e idioma.

Por lo tanto, de las convocatorias de concurso-oposición para el ingreso en cuerpos o puestos docentes que se van a celebrar en 2024 se constituirán listas de aprobados sin plaza y listas generales, tanto si los procesos proceden de una oferta de estabilización como de reposición, no existiendo listas subsidiarias resultantes de ninguno de estos procesos, al no permitirlo la legislación.

Continuar

Gracias por elegir Diario de Navarra

Parece que en el navegador.

Con el fin de fomentar un periodismo de calidad e independiente, para poder seguir disfrutando del mejor contenido y asegurar que la página funciona correctamente.

Si quieres ver reducido el impacto de la publicidad puedes suscribirte a la edición digital con acceso a todas las ventajas exclusivas de los suscriptores.

Suscríbete ahora