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Caso Osasuna

Prisión para nueve de los once acusados por el 'caso Osasuna'

El tribunal absuelve a Diego Maquirriain, exgerente de la Fundación Osasuna, y al futbolista Jordi Figueras

Ampliar El juicio por el denominado caso Osasuna ha comenzado este lunes pasadas las 9.30 horas. La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra enjuicia a seis exdirectivos de Osasuna, tres exjugadores del Betis y dos agentes inmobiliarios acusados de delitos de apropiación indebida, societarios, falsedad en documento mercantil, falsificación de las cuentas anuales y corrupción deportiva (por el supuesto amaño de partidos).
El juicio por el denominado caso Osasuna ha comenzado este lunes pasadas las 9.30 horas. La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra enjuicia a seis exdirectivos de Osasuna, tres exjugadores del Betis y dos agentes inmobiliarios acusados de delitos de apropiación indebida, societarios, falsedad en documento mercantil, falsificación de las cuentas anuales y corrupción deportiva (por el supuesto amaño de partidos).
  • Diario de Navarra
Actualizado el 24/04/2020 a las 12:04
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha notificado este viernes, 24 de abril, la sentencia del denominado “caso Osasuna”.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo y que ha sido dictada en menos de dos meses desde que terminó el juicio, condena por unanimidad a Ángel María Vizcay, Miguel Archanco, Juan Antonio Pascual, Jesús Peralta, Sancho Bandrés, Cristina Valencia, Albert Nolla, Antonio Amaya y Xabier Torres y absuelve a Diego Antonio Maquirriain y a Jordi Figueras.
Las penas impuestas por delitos de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil, falsedad contable y corrupción deportiva oscilan entre el total de 8 años y 8 meses de prisión que se imponen a Ángel M. Vizcay Ventura y la de un año de prisión a que se condena a los dos futbolistas, Antonio Amaya y Xabier Torres por el delito de corrupción deportiva.
Es la primera sentencia de condena sobre corrupción deportiva dictada en España.
INDEMNIZACIÓN AL C.A. OSASUNA
La sentencia impone igualmente a los condenados la obligación de indemnizar al Club Atlético Osasuna en la cantidad de 2.340.000 euros importe a que asciende la salida irregular de fondos durante las temporadas 2012/2013 y 2013/2014 del club, a lo que se añade en el caso de Archanco y Peralta un importe de 1.000 euros y de 2.600,80 euros respectivamente por las dietas indebidamente percibidas y de 600.000 euros en el caso de Vizcay por un préstamo con destino desconocido devuelto a cargo de las cuentas del club. Igualmente Vizcay deberá indemnizar a Archanco en la cantidad de 5.000 euros por el daño moral derivado de la falsificación de su firma.
La tres magistradas de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial imponen mayores penas al entonces gerente del club Ángel María Vizcay, al incluir en su condena por el delito continuado de apropiación indebida el préstamo de 600.000 que obtuvo de un particular. Además lo consideran único responsable del delito de falsedad cometido en la temporada 2013/2014 con la elaboración del contrato falso con la entidad portuguesa Flefield y la creación de tres facturas simuladas para cuadrar el descuadre de la citada temporada. La sentencia da por probado además que el gerente falseó dicho contrato haciendo constar en él una firma que aparentaba ser la del expresidente Archanco.
Concluyen sin embargo que procede beneficiar al Vizcay respecto al delito de corrupción deportiva, aplicando en esta condena la atenuante analógica de confesión. Las tres magistradas consideran que la declaración prestada por el entonces gerente del club ante la Liga de Fútbol Profesional y mantenida en el acto de juicio ha sido determinante para poder investigar los hechos y sustentar la condena por este delito. Con base en ello reducen su condena por este delito a la ya mencionada de cinco meses de prisión y once meses de inhabilitación.
La pena impuesta al expresidente de la Junta directiva, Miguel. A. Archanco y al exdirectivo Jesús Peralta por el delito continuado de apropiación indebida incluye la percepción indebida de dietas por parte de ambos.
Es la primera sentencia dictada en España que condena por el delito de corrupción deportiva. Entiende la Audiencia que ha quedado probado que los condenados, miembros en aquella época de la Junta Directiva, acordaron primar a los exjugadores del Real Betis Sres. Amaya y Torres con el fin de alterar los resultados de la competición deportiva pagando un total de 650.000 euros por incentivar su victoria ante el Real Valladolid en la jornada 37 de la temporada 2013/2014 como para dejarse ganar en el partido que les enfrentó contra Osasuna en la jornada 38.
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