TSJN
Despedida de un supermercado de Pamplona por rebajarse a sí misma el precio de un queso
Los jueces respaldan el despido: aunque no haya perjuicio económico, sí implica “un quebranto en los deberes de fidelidad, lealtad y confianza”


Actualizado el 30/11/2025 a las 11:18
La justicia ha respaldado el despido de una responsable de un supermercado de Pamplona que durante su jornada laboral se generó a sí misma una oferta para comprar un queso artesano de oveja a un precio inferior: de los 20,50 euros el kilo que costaba al público en general se lo rebajó a 8. Los jueces de la Sala de lo Social del TSJN resaltan que aunque la maniobra no suponga un perjuicio económico para la sociedad, sí que implica “un quebranto en los deberes de fidelidad, lealtad y confianza implícitos en toda relación laboral”.
La despedida era la única responsable de área que se encontraba trabajando la tarde del 26 de julio de 2023. Por tanto, la única con facultades para generar ofertas como la que se dio con la compra del queso. A las 15.19 horas, según considera probado la sentencia, la empleada acudió a una caja de autopago con un queso entero de 2,75 kilos y se cobró a sí misma un total de 22,04 euros. A continuación, lo introdujo en una bolsa del establecimiento que no pagó y regresó al interior del supermercado para dirigirse a la antecámara de la panadería, donde lo guardó.
Desde su puesto, otra trabajadora se había percatado de la compra. Y cuando la responsable no le veía, se acercó hasta la caja de autopago y repitió el ticket de la compra del queso, al que realizó un par de fotografías. En él constaba que la adquisición se había efectuado a 8 euros al kilo, cuando su precio es 12,86 euros y el de venta al público asciende a 20,50 euros. Dos semanas después, la trabajadora envió un correo electrónico al departamento de Personal en el que relataba lo ocurrido aquella tarde. La empresa abrió una investigación interna que acabó con el despido de la responsable por una falta muy grave.
“CIERTO NERVIOSISMO”
La empleada despedida recurrió a la justicia y reclamó que el despido fuera declarado improcedente. Alegaba que lo único que estaba acreditado (así se veía en las grabaciones de las cámaras) era que se acercó con un queso a la caja de autopago y que lo metió en una bolsa, sin que haya ninguna prueba de que fue ella la que cambió el precio del producto. El Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona rechazó su demanda y ahora el TSJN lo ha confirmado.
Los magistrados resaltan que ella era la única responsable aquella tarde y que solo personal de su categoría tienen la opción de generar este tipo de ofertas, que se hacen cuando hay sobrestock o cuando faltan pocos días para caducar, según testificaron trabajadoras y jefas del supermercado. Una de ellas, además, afirmó que esa tarde vio a la responsable dirigirse a la caja de autopago con “cierto nerviosismo”. La oferta, continúa la sentencia, se generó durante su turno, pues ese día hubo cuatro compras de ese tipo de queso y solo en su adquisición el preció cayó hasta los 8 euros. Por todo ello, los jueces concluyen que fue la demandante quien se rebajó a sí misma el queso. Algo que consideran “grave”, pues se hizo de forma “voluntaria”, con “un intento de ocultación” y “sin causa” para hacerlo, lo que supone un abuso de la confianza depositada en ella.