Vivienda

Navarra permite desgravar entre un 50% y un 90% de los ingresos de alquiler, frente al 100% anunciado por Sánchez

Desde 2025, todos los propietarios con pisos en zonas tensionadas pueden acceder en la Comunidad foral a este beneficio fiscal si han alquilado sus viviendas de forma permanente y las tienen inscritas en el registro de contratos 

El precio de la vivienda sube ya en San Juan, Iturrama y Segundo Ensanche
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Vista área de viviendas en la zona del EnsancheJosé Carlos Cordovilla
El precio de la vivienda sube ya en San Juan, Iturrama y Segundo Ensanche

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Diana de Miguel

Publicado el 14/01/2026 a las 05:00

El real decreto ley con el que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, intenta poner fin a la crisis de la vivienda incluye entre otras medidas un incentivo fiscal para los propietarios que no suban el precio del alquiler cuando les toque renovar el contrato a sus inquilinos. A falta de conocer el texto completo, se trataría, en concreto, una bonificación fiscal del 100 % en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los ingresos que perciban por esos alquileres que Navarra ya recoge en su normativa aunque supeditada a que se cumplan ciertos condicionantes y con una horquilla que en la parte alta se mantiene 10 puntos por debajo de la propuesta de Sánchez.

Desde 2020 los caseros de la comunidad con viviendas cedidas a la bolsa de alquiler han podido deducirse un porcentaje de las rentas obtenidas, pero a partir de 2025 ese incentivo se ha ampliado y todos los propietarios con pisos en zonas tensionadas pueden acceder a este beneficio si han alquilado sus viviendas de forma permanente y las tienen inscritas en el registro de contratos. Los incentivos oscilan entre el 50% que podrán aplicarse los propietarios que hayan acudido al mercado privado para alquilar sus viviendas y el 90% de los que las alquilen a través de Nasuvinsa. Si las viviendas se alquilan a través de la bolsa pero no están en zonas tensionadas el beneficio baja al 70%.

No es la primera vez que Sánchez anuncia este medida y, de hecho, en marzo del pasado ejercicio el Parlamento de Navarra llegó a rechazar una proposición de ley de UPN que, a raíz de un anuncio del presidente en similares términos, planteaba modificar la ley de foral del IRPF para eximir de cargas fiscales los rendimientos por alquiler de vivienda habitual, en línea con lo modificación fiscal anunciada por Sánchez. 

A la hora de calcular el rendimiento neto del capital inmobiliario, conviene tener en cuenta que en Navarra a partir de 2025 se ha establecido que no podrá ser negativo. Es decir, que el importe total de los gastos a deducir no podrá exceder el importe del rendimiento íntegro del arrendamiento de inmuebles. En todo caso, el importe de gastos deducibles que no se aplique en un periodo impositivo se podrán deducir en los cuatro siguientes.

Con respecto a la deducción por compra de vivienda, en la Comunidad foral, como ocurre en territorio común, se mantiene sólo para adquisiciones anteriores al 1 de enero de 2013 bajo el régimen transitorio. El porcentaje es del 15% sobre las cantidades satisfechas en el año, con una base máxima de 7.000€ en declaración individual y de 15.000€ en conjunta. En el País Vasco la deducción por compra de vivienda habitual llega al 18% de las cantidad invertidas y se mantienen este año, tras la última reforma, excepto para las bases liquidables superiores a 85.000 euros.

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