TSJN

Condenada por robar casi 60.000 euros a una amiga que no podía caminar ni salir de casa

El TSJN ha confirmado la pena de 2 años de prisión a la acusada, a quien la víctima había confiado una de sus tarjetas bancarias

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Diario de Navarra

Publicado el 27/10/2025 a las 13:19

La Sala de lo Civil y Penal Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la pena de 2 años de prisión impuesta el pasado junio por la Audiencia Provincial a una mujer que se apropió de 59.929 euros de una amiga.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, recoge que la acusada se aprovechó de que la víctima, que estaba convaleciente y no podía caminar ni salir de casa, le había confiado una de sus tarjetas bancarias, que comenzó a usar en salas de juego y para realizarse transferencias.

Los hechos juzgados se prolongaron entre octubre de 2023 y marzo de 2024, cuando la perjudicada acudió a su banco y descubrió que en su cuenta había 3,86 euros, cuando ella solo había realizado dos transferencias por importe total de 13.526 euros, así como pequeñas compras.

El pasado junio, la Sección Primera de la Audiencia Provincial condenó a la procesada a 2 años de prisión y 2.400 euros de multa como autora de un delito de apropiación indebida con la concurrencia de la atenuante de alteración psíquica. En concepto de responsabilidad civil, le impuso una indemnización de 56.000 euros.

El tribunal de instancia consideró acreditado que la encausada, “prevaliéndose de la confianza de la denunciante, hizo un uso indebido de su tarjeta, primero distrayendo pequeñas cantidades, luego apropiándose de la totalidad del saldo”.

La defensa apeló la condena ante el TSJN, en donde reclamó la absolución. La fiscalía, por su parte, abogó por la confirmación de la resolución recurrida.

El Tribunal Superior, que ratifica la condena, solo reduce en 70,18 euros la cantidad detraída indebidamente, que queda fijada en 55.929,82, tras el cálculo de un gasto.

La Sala explica que al convencimiento de que los hechos ocurrieron como se refleja en el relato de la denunciante, sus afirmaciones fueron corroboradas durante la investigación.

La denunciante manifestó “de forma creíble y mantenida” que solo le facilito la tarjeta con el PIN a la acusada, que esta sabía de la herencia recibida y que, sin su consentimiento, se apropió de la totalidad del dinero.

Estas afirmaciones fueron corroboradas por la investigación policial reflejada en el atestado, en el que, tras analizar toda la documentación bancaria y las operaciones sospechosas, así como tras tomar declaración a una empleada de la sala de juegos, se concluyó en el sentido de la tesis acusatoria.

Por todo ello sostiene que “no se puede concluir que la denunciante fuera conocedora de las operaciones bancarias reseñadas o las autorizara, sino que más bien queda acreditado que, como señala la sentencia de instancia, era la denunciada la que utilizaba la tarjeta y la cuenta para sí, sacando dinero, jugando en salas de juego y llegando a ordenar a su favor 63 transferencias a su propia cuenta”.

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