Tu Dinero-Consumo

Separarse sin papeles en Navarra: ojo con el testamento de hermandad

El Fuero Nuevo de Navarra, la norma que regula en la comunidad el derecho de sucesiones, no recoge la separación de facto entre las causas de ineficacia de un testamento de hermandad otorgado entre cónyuges, pero el debate ha terminado llegado a los tribunales navarros

Entre enero y marzo los juzgados tramitaron 302 demandas de divorcios no consensuados en Navarra, mientras que en el mismo periodo del año anterior se registraron 168
AmpliarAmpliar
La disolución de un matrimonio influye en los testamentos y la repartición de las herenciasPixabay
Entre enero y marzo los juzgados tramitaron 302 demandas de divorcios no consensuados en Navarra, mientras que en el mismo periodo del año anterior se registraron 168

CerrarCerrar

Diana de Miguel

Actualizado el 20/10/2025 a las 08:16

La disolución de un matrimonio puede llegar a influir más de lo que muchos piensan en los testamentos y la repartición de las herencias. Pero, ¿qué sucede con las separaciones de hecho? Es decir, con aquellos cónyuges que ya no conviven juntos pero todavía no han pasado por el juzgado para regularizar su situación. Para empezar, si otorgaron un testamento de hermandad en Navarra (el documento mediante el cual dos o más personas pueden nombrarse herederos recíprocos entre sí para que herede el o los que sobrevivan), la separación de hecho podría hacer que dicho testamento fuera ineficaz.

El Fuero Nuevo de Navarra, la norma que regula en la comunidad el derecho de sucesiones, entre otros ámbitos, no recoge esa separación ‘sin papeles’ entre las causas de ineficacia de un testamento de hermandad otorgado entre cónyuges. Sí lo son la separación legal -mediante demanda judicial-, el divorcio o la nulidad del mismo.

De la misma forma, tras la última actualización de esa norma, en 2019, también la extinción de la pareja estable no casada es causa de ineficacia de este tipo de testamento. Pero el debate sobre la validez o no del testamento de hermandad tras una separación de facto entre cónyuges (que es precisamente el vínculo más habitual en el que se otorga testamento de hermandad) ha terminado llegando a los tribunales navarros y la conclusión ha sido clara: la separación de hecho de un matrimonio, si se constata que la misma tiene carácter serio, prolongado y con clara vocación de desvinculación, provoca los mismos efectos sobre el testamento de hermandad que una separación legal. Los jueces no ven razonable “restringir o limitar” sólo al supuesto de separación o divorcio la ineficacia sobrevenida de un testamento de hermandad cuando la separación de hecho sí se reconoce como motivo para las parejas no casadas.

Entre los argumentos que esgrimen destaca el fundamento que tiene en Navarra el testamento de hermandad que les lleva a “interpretar” el alcance de la regulación del Fuero Nuevo (Ley 200). “No es el vínculo matrimonial el que habilita o causaliza el otorgamiento del testamento de hermandad, sino el vínculo de hermandad existente entre los otorgantes, vínculo que es indistinto que esté formalizado o no como matrimonio”, defiende la Audiencia Provincial de Navarra en una sentencia del pasado enero que fue confirmada este verano por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Otro de los argumentos que han utilizado los jueces para defender la ineficacia del testamento de hermandad por una separación de facto es que tras la reforma del Fuero Nuevo en 2019 la redacción de la ley 200.1 de la norma, donde se recogen los motivos de ineficacia de dicho testamento, ya abre la puerta a esa interpretación porque la norma ya dice textualmente que un testamento de hermandad “deviene ineficaz” cuando hubiera sido otorgado por cónyuges, “incluso con anterioridad a contraer matrimonio” lo que según los magistrados determina “la no exigencia de tal condición en el momento del otorgamiento”.

VÍNCULO DE HERMANDAD

En el caso analizado por la justicia en Navarra lo que se dilucidaba era si un testamento de hermandad firmado en 1999 por dos cónyuges sin descendencia debía prevalecer o no sobre otro posterior, de 2021, por el que uno de los cónyuges instituyó heredera única y universal a su hermana cuando la convivencia con su todavía esposa legal ya estaba rota pero a la que no habría informado de la firma del nuevo testamento. “A la hora de determinar la ineficacia del testamento de hermandad, lo relevante no es que se haya producido la separación legal, divorcio o nulidad del matrimonio, sino que haya desaparecido tal vínculo de hermandad. Así lo demuestra que la mera voluntad unilateral que supone la simple interposición de una demanda judicial sea suficiente para declarar tal ineficacia sobrevenida”, concluye el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en su sentencia.

Otro de los argumentos que aportan los magistrados para defender su tesis es que esa ineficacia del testamento ante una separación de hecho resulta “congruente” con otras disposiciones del Fuero Nuevo, en la medida en que el cónyuge separado legalmente o de hecho resulta también expresamente excluido del llamamiento a la sucesión legal (Leyes 300 y 304) y del usufructo de fidelidad (Ley 254).

Continuar

Gracias por elegir Diario de Navarra

Parece que en el navegador.

Con el fin de fomentar un periodismo de calidad e independiente, para poder seguir disfrutando del mejor contenido y asegurar que la página funciona correctamente.

Si quieres ver reducido el impacto de la publicidad puedes suscribirte a la edición digital con acceso a todas las ventajas exclusivas de los suscriptores.

Suscríbete ahora