Administración foral

El Defensor estima que las compensaciones por despido de los laborales del Gobierno foral no deben pagar IRPF

Así se ha pronunciado ante la queja de una trabajadora asesorada por el sindicato UGT que perdió su puesto tras los procesos de estabilización

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Iñigo Salvoch

Publicado el 14/02/2025 a las 05:00

El Defensor del Pueblo ha sugerido al departamento de Economía y Hacienda que la compensación económica que se ha pagado a los contratados laborales de la Administración que perdieron su empleo a consecuencia de los procesos de estabilización no esté sujeta al pago del IRPF.

Así se ha pronunciado ante la queja de una trabajadora que ha sido asesorada por el sindicato UGT en esta cuestión. Ya el pasado mes de diciembre se conoció que trabajadores laborales contratados por el Gobierno de Navarra y despedidos a raíz de los procesos de estabilización habían presentado recursos de alzada para reclamar la integridad de sus compensaciones por despido. En concreto, según denunciaban, el Gobierno de Navarra ha pagado una compensación por despido, que está sujeta a retención del IRPF, cuando consideran que lo que les corresponde es una indemnización, y subrayan lo de la naturaleza jurídica de la indemnización, porque en este no proceden las retenciones de IRPF, ni tampoco en concepto de Seguridad Social.

Argumentaban que así está establecido en la ley de 2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. El Defensor considera que al igual que las indemnizaciones por despido que regula el Estatuto de los Trabajadores, la compensación económica por extinción de contrato en régimen administrativo prevista en la Ley de Estabilización “esté exenta de cara al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.

El departamento de Economía y Hacienda dispone de un plazo máximo de dos meses para dar a conocer si acepta esta resolución, y, en su caso, las medidas adoptadas para su cumplimiento.

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