¿Quiénes tienen obligación de hacer la Declaración de la Renta 2020-2021?


Actualizado el 17/03/2022 a las 12:46
-Rendimientos del trabajo superiores a 12.600 euros íntegros anuales.
-En el caso de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, rentas vitalicias o temporales, etc.) e incrementos de patrimonio, sometidos a retención o ingreso a cuenta (fondos de inversión) existirá obligación de presentar la declaración de aquellos casos en que conjuntamente se supere los 1.600 euros íntegros anuales.
En el resto de España, las cuentas se hacen de otra manera puesto que la Legislación del Régimen Común establece un límite distinto según el trabajador tenga un pagador o dos.
En el resto de España se está exento de hacer la Declaración de la Renta si se obtienen ingresos menores a 22.000 euros anuales siempre y cuando sólo exista un único pagador. Este límite es de 20.000 euros en el País Vasco.
Lo que ocurre es que si existen dos pagadores en la Declaración de la Renta el límite en el resto de España para estar cae hasta los 14.000 euros en el caso de que el segundo pagador suponga más de 1.500 euros.
De esta forma, si un trabajador percibe en Navarra rentas del trabajo por un importe inferior a 12.600 euros no va a tener obligación de presentar declaración por el impuesto aunque además de percibir rentas de su empresa haya percibido rentas de un segundo pagador (el SEPE).
Recuerde que este año el inicio de la campaña de la renta telemática en Navarra será el 12 de abril y que estará abierta hasta el 23 de junio.
No se equivoque con la fecha de arranque en las comunidades del régimen común que será cinco días antes, el 7 de abril.
Una semana después del inicio en Navarra, el 19 de abril, comenzará la campaña presencial.
