Las comarcas del nuevo 'mapa local' podrán ofrecer decenas de servicios

Aparte de agua, residuos o servicios sociales, el abanico es ampliable en urbanismo, turismo o transporte, entre otros muchos; el actual personal de las mancomunidades se subrogará en las comarcas

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Aser Vidondo

Actualizado el 19/12/2017 a las 15:00

La puesta en marcha de las comarcas como nuevas entidades locales será la principal novedad de la reforma de la Administración Local de Navarra en caso de salir adelante el Anteproyecto de Ley Foral que próximamente se tramitará desde el Gobierno foral. Configuradas con un carácter territorial y supramunicipal, se prevé crear un total de 11, tres de ellas con subcomarcas, y podrán prestar una cartera de decenas de servicios a los municipios y concejos que las integren. Vendrán a sustituir, entre otras entidades, a las 65 mancomunidades existentes en la actualidad.

Precisamente la mejora de la prestación de servicios supramunicipales, evitando duplicidades y consiguiendo una mayor eficacia y eficiencia, es el objetivo principal de la ley que cambiará el ‘mapa local’ navarro. Apenas se tocan las entidades locales de base, municipios y concejos, y los cambios vienen a un nivel superior. Se crearán como figuras de entidad local las comarcas y las mancomunidades de planificación general, y se suprimirán los distritos administrativos, los consorcios y las agrupaciones de servicios administrativos.

Todos los municipios (272) y concejos (346) deberán estar integrados en una de las comarcas, que les prestará los servicios básicos de agua en alta, de tratamiento de residuos, de servicios sociales, de planeamiento comarcal y ordenación del territorio, y de secretaría e intervención. En este último caso, a los ayuntamientos menores de 1.500 y 3.000 habitantes, respectivamente, y a los concejos (con personal funcionario propio de la comarca).

A partir de ahí, el Anteproyecto de Ley Foral de Reforma de la Administración Local de Navarra abre un amplio abanico de servicios que se podrán prestar, ya sean de urbanismo, transporte, turismo, protección del consumidor, juventud, agricultura y ganadería, etc.

Estas competencias se definirán, de partida, en las leyes forales que crearán las comarcas una vez se apruebe la reforma del ‘mapa local’. Se deberá determinar su denominación, ámbito territorial, sede (o sedes), recursos económicos y competencias. Cada municipio podrá pertenecer sólo a una comarca, y todos deberán integrarse en alguna. Las comarcas, según se establece, “deberán tener continuidad territorial salvo aquella en la que se integre Petilla de Aragón, por su singularidad geográfica”. Los municipios que no estén de acuerdo con su comarca asignada según el Anteproyecto de Ley Foral, y siempre que linden con otra, podrán manifestar su voluntad de cambio.

TRASPASOS DE PERSONAL

Las comarcas sucederán, “con carácter universal”, a las entidades supramunicipales existentes previamente, con excepción de las Agrupaciones Tradicionales, que no se tocan. Entre estas entidades locales se encuentran la Comunidad de Bardenas Reales de Navarra, la Comunidad del Valle de Aezkoa, la Mancomunidad del Valle de Roncal, la Universidad del Valle de Salazar, la Unión de Aralar y el resto de corporaciones de carácter tradicional titulares o administradoras de bienes comunales.

Cada ley foral de creación de comarcas regulará, también, los traspasos de personal, funciones, bienes y servicios. Se establece que toda la plantilla de las mancomunidades y entidades supramunicipales actuales, salvo en las Agrupaciones Tradicionales, pasará a integrarse en las comarcas mediante subrogación en las condiciones funcionariales o contractuales vigentes. Las sociedades públicas se mantendrán, pasando a depender de la comarca, y la titularidad de redes de infraestructuras y servicios de las mancomunidades pasarán a las comarcas.

El Anteproyecto de Ley Foral también establece que se podrán crear subcomarcas “cuando concurran características de orden social, geográfico o administrativo comunes sólo a una parte de los municipios de una comarca que los diferencien claramente del resto, aunque sin llegar a dotarlos de cualidad suficiente como para constituir una comarca propia”. Dichos municipios deberán tener continuidad territorial. En tal caso, las comarcas contarán con uno o varios consejos de subcomarcas. Se fijan, de partida, subcomarcas en las comarcas llamadas Arga, Ega e Irati-Aragón

A nivel de funcionamiento, se establece que en todas las comarcas habrá Presidencia, Junta de Gobierno y Asamblea Comarcal. Respecto de esta última, su número de integrantes se determinará en la ley foral de creación de la comarca y habrá un sistema mixto de designación. Dos tercios serán concejales designados por los plenos de los ayuntamientos integrantes, y el otro tercio se designará de forma proporcional al número de votos obtenidos en la comarca por cada partido, coalición, federación y agrupación de electores en las últimas elecciones municipales. Según el Anteproyecto, la comarca es una entidad local de segundo grado, supeditada al primer nivel básico municipal. Habrá una sesión de la Asamblea Comarcal ordinaria cada tres meses.

SERVICIOS COMARCALES

Las comarcas tendrán competencia en materia de:

- Redes de abastecimiento de agua (o en alta).

- Tratamiento de residuos.

- Servicios sociales (los municipios mayores de 10.000 habs. que los presten a nivel individual, podrán seguir haciéndolo si lo solicitan).

- Planeamiento comarcal y ordenación del territorio a nivel comarcal.

- Servicios administrativos de secretaría e intervención a los ayuntamientos menores de 1.500 o 3.000 habitantes, respectivamente, y ambos a los concejos de su término.


Podrán ejercer competencias a escala comarcal, sin perjuicio de las municipales y concejiles, en:

a) Urbanismo y vivienda. b) Patrimonio cultural, protección de bienes culturales. c) Intervención para la protección ambiental. d) Saneamiento y depuración de ríos. e) Transporte interurbano-urbano-comarcal. f) Protección del medio ambiente. g) Sanidad y salubridad pública. h) Acción social. i) Desarrollo del medio rural. j) Agricultura y ganadería, explotaciones agropecuarias. k) Gestión y administración de montes. l) Gestión y administración de vías pecuarias. m) Control sanitario de explotaciones ganaderas y del movimiento pecuario. n) Conservación y ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas y cinegéticos, cotos de caza y pesca. o) Deporte, competiciones y actividades deportivas. p) Juventud. q) Turismo. r) Artesanía. s) Protección de consumidores y usuarios. t) Colaboración con la Administración Foral en eficiencia energética, energías renovables, modernización del tejido industrial, fomento, promoción y gestión de industrias. Informes sobre solicitudes de otorgamiento de derechos mineros. Polígonos y programas industriales. u) Ferias y mercados. v) Actividades clasificadas. w) Control sanitario ambiental. x) Programas de promoción de la salud, educación sanitaria y protección de grupos sociales con riesgos específicos. y) Educación, incluyendo creación de escuelas infantiles a escala comarcal y colaboración con los ayuntamientos que cuenten con centros de este tipo, gestión de servicios complementarios de transporte y comedor, gestión de becas y ayudas, formación de adultos, escuelas-taller y talleres ocupacionales... z) Gestión de espacios naturales protegidos.


Podrán prestar otros servicios a las entidades locales que lo soliciten en las áreas de: Abastecimiento domiciliario de agua potable; recogida de residuos y valorización en origen; servicios administrativos; policía y protección civil; urbanismo, vivienda y medio ambiente; servicios sociales; servicios económicos; servicios culturales y educativos; deporte y juventud; y euskera.

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