Osasuna

Apelación desestima el recurso por alineación indebida del Barcelona y Osasuna acudirá al TAD

El Comité sostiene que Iñigo Martínez estaba habilitado para jugar y el club rojillo seguirá defendiendo su postura

Inigo Martinez of F
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Inigo Martínez, en el Barcelona-Osasuna del pasado 27 de marzo
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Gorka Fiuza

Actualizado el 08/05/2025 a las 17:55

El Comité de Apelación ha desestimado el recurso de Osasuna por alineación indebida de Iñigo Martínez en el partido disputado contra el Barcelona el pasado 27 de marzo (3-0). Una decisión esperada en el seno del club después del primer ‘no’ de Competición. Dos órganos federativos avalan la gestión de la propia Federación Española de Fútbol y los culés para desconvocar al central de la selección y que pudiera jugar menos de cinco días después del último encuentro internacional ante Osasuna. 

Ese es núcleo de la cuestión, ya que el artículo 5 del Anexo I del Reglamento del Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA obliga a no jugar durante ese plazo salvo que exista una autorización al respecto. Los comités entienden que la desconvocatoria basta y Osasuna sostiene que debe existir dicho permiso expreso.

La resolución de Apelación se ha notificado este jueves 8 de mayo y el club acudirá al siguiente escalón: el TAD, ya fuera de la esfera de la RFEF. En Osasuna consideran que las razones dadas no son suficientes y defenderán su postura hasta la vía de la justifica ordinaria si es necesario. Asimismo, expertos legales en la materia consultados por la entidad dan validez a los argumentos de Osasuna.

“No puede sostenerse válidamente que la participación del jugador en el encuentro del día 27 de marzo constituya alineación indebida, dado que, jurídicamente, el jugador no se encontraba sujeto a la restricción temporal que establece la norma, al haber cesado los efectos de su convocatoria mediante acto federativo expreso”, concluye Apelación en su escrito tras una amplia exposición de los hechos.

“Acreditado el acto de desconvocatoria oficial del jugador D. Íñigo Martínez mediante el correo electrónico de fecha 17 de marzo de 2025 remitido por la Team Manager de la Selección Absoluta y el comunicado oficial en la web de la RFEF, resulta de plena aplicación la doctrina consolidada según la cual la desconvocatoria practicada por la Federación o Asociación convocante enerva la prohibición de jugar dentro de los cinco días siguientes”.

El club rojillo había expuesto al haberse producido la desconvocatoria por lesión, sin renuncia expresa de la RFEF a la aplicación de la regla, que resultaba de obligado cumplimiento el periodo de restricción, por lo que la participación del jugador el día 27 de marzo sería contraria a la normativa FIFA. “La existencia de una desconvocatoria oficial, debidamente notificada por la RFEF el día 17 de marzo de 2025, elimina los efectos jurídicos de la convocatoria inicial, haciendo inaplicable la regla de los cinco días. La interpretación efectuada por el Comité de Disciplina resulta plenamente conforme con la jurisprudencia federativa y con el principio de seguridad jurídica”, responde Apelación.

Además de poner sobre la mesa que no existía un documento expreso para permitir que el defensa jugara, Osasuna mostró su malestar por el trato desigual, ya que el barcelonista fue desconvocado con un parte médico y Bryan Zaragoza tuvo que viajar hasta Las Rozas. “Este Comité debe comenzar significando que no le corresponde entrar a valorar el funcionamiento interno de los servicios médicos de la RFEF, ni emitir juicios sobre su actuación profesional. La valoración de las consideraciones vertidas por el CA Osasuna en su recurso, relativas a la rapidez en la emisión del parte médico, la ausencia de pruebas diagnósticas anexas o la presunta desigualdad de trato respecto de otros clubes o jugadores, no se encuentra dentro de las atribuciones de este Comité de Apelación”, expresa el escrito.

Lo relevante a efectos del presente recurso no es el proceso médico que condujo a la desconvocatoria, sino el acto federativo formal de desconvocatoria en sí mismo, cuya existencia, legalidad y eficacia han quedado plenamente acreditadas en el expediente, sin que este órgano tenga competencia para enjuiciar las razones clínicas que llevaron a su emisión”, apunta Apelación.

En cualquier caso, el pronunciamiento sigue sin exponer más explicaciones sobre una desconvocatoria envuelta de misterio, más si cabe tras una meteórica recuperación. Este hecho, incluso, marcó la comparecencia del propio seleccionador Luis de la Fuente en la última ventana internacional. 

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