SEPE
Así puedes seguir cobrando la prestación por desempleo del SEPE si te has dado de alta como autónomo
El plazo de solicitud de esta compatibilidad es limitado


Publicado el 04/06/2024 a las 09:07
La Seguridad Social ofrece ayudas económicas a los ciudadanos en base a sus circunstancias laborales y socioeconómicas. Una de ellas es la tan conocida prestación por desempleo, que la perciben aquellas personas que se encuentran en paro y en búsqueda activa de empleo. Sin embargo, ¿qué pasa con las que deciden probar como autónomas?
En el caso de que, estando en desempleo, te des de alta como trabajador por cuenta propia, puedes mantener el subsidio que venías cobrando. Según explica la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la actividad por cuenta propia y la prestación por desempleo pueden compatibilizarse durante un máximo de 270 días y siempre que se haya solicitado en “el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia”. Lo mismo es aplicable para las personas que se incorporen como socias de sociedades laborales de nueva creación o socias trabajadoras de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
Esta compatibilidad terminará antes del plazo establecido si se realiza un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial. Mientras dure, indica la página web del SEPE, la cuantía percibida será del 100% de la prestación con el descuento del IRPF y sin deducción de cotización a la Seguridad Social.
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