Impuestos
Qué es el IVA superreducido y a qué productos afecta
El IVA superreducido también es conocido como el IVA del 4%

Publicado el 08/02/2023 a las 09:47
En España conviven tres tipos de IVA, según los bienes de consumo y las prestaciones de servicio que gravan: IVA general, IVA reducido e IVA superreducido. En este artículo te hablamos, en concreto, de este último, el que más beneficia a priori a los consumidores.
El IVA superreducido es el IVA del 4% y grava los bienes considerados de primera necesidad, como el pan, la harina o la leche. Es decir, productos o servicios indispensables para el sostenimiento de la vida de las personas que están orientados a satisfacer sus necesidades básicas.
¿A QUÉ PRODUCTOS AFECTA?
- Productos alimentarios básicos: pan, harina, huevos, leche, frutas, verduras, hortalizas, queso, cereales, tubérculos y legumbres.
- Bienes básicos: medicamentos destinados al uso humano, prensa, libros y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad, prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad, vehículos destinados al uso de personas con movilidad reducida, viviendas de protección oficial (VPO) entregadas por el promotor inmobiliario y operaciones de alquiler con opción de compra sobre las VPO.
- Servicios básicos: teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche, atención residencial, reparación de los vehículos para personas con movilidad reducida y adaptación de los autotaxis y autoturismos y de los vehículos a motor, para transportar personas con discapacidad.
No obstante, el Gobierno de España decidió eliminar el IVA superreducido de algunos productos [enlace] hasta el 30 de junio de 2023, debido a la alta tasa de inflación interanual provocada por la guerra de Ucrania.
¿A QUÉ PRODUCTOS SE LES HA ELIMINADO EL IVA?
La eliminación del IVA del 4% afecta al pan común (masa y congelados destinados a la elaboración exclusiva del pan), harinas panificables, cereales, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos que sean productos naturales y estén bajo el Código Alimentario.
Y así seguirá siendo hasta el 30 de junio de 2023. A no ser que la tasa de inflación interanual subyacente se sitúe en marzo por debajo del 5,5%. Entonces, la medida dejaría se estar en vigor el 1 de mayo de 2023.
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