"El último 'decretone' de Sánchez"

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Manuel Pulido

Publicado el 05/08/2023 a las 06:00

El Gobierno del presidente Sánchez se despidió hace un mes legislativamente, a lo grande. Con un Decreto-ley escoba que barriese todo lo que no había podido ser aprobado en las Cortes tras la convocatoria de elecciones generales del 23-J, de un modo selectivo. Dicho Decretone ha sido convalidado el 26 de julio por la Diputación permanente del Congreso. Se trata del R.Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

Más aún, podría decirse que el presidente, en plena campaña electoral, impulsó este vendaval legislativo con un contenido desmesurado -Cinco Libros distribuidos en más de 226 artículos, que junto el cortejo de disposiciones adicionales, transitorias y finales suman más de 250-, en vísperas de elecciones, y que le permitirá convocar a él o sus sucesores Consejos de Ministros virtuales, tras modificar la Ley de Gobierno.

Se comprende así que para convocar elecciones el pasado 29 de mayo y no infringir el articulo 115.1 de la CE/78, (el que exige convocar el Consejo de ministros y comunicárselo al Jefe del estado con anterioridad) debió convocar un Consejo de ministros virtual que ahora legitima a posteriori este Decretone electoral.

El Decretone, como gustan llamar los italianos a normas omnibus que contienen mercancía de cualquier tipo, incluso averiada, desde un punto vista constitucional al exceder el ámbito del Decreto-ley, modifica numerosas normas legales tan diversas como la ley concursal, la mercantil (sociedades), la legislación procesal civil, penal y contencioso administrativa, con el pretexto de tener que transponer directivas comunitarias, y de paso prorrogar alguna de las medidas de apoyo a la economía (subvención del gas, gasolina a los transportistas, IVA de alimentos etc).

No discuto que alguna de las medidas contenidas en el Decretone pueden caber en una interpretación razonable del presupuesto habilitante del Decreto-Ley -extraordinaria y urgente necesidad al que se refiere el art. 86 CE/78-. En especial, las que hacen referencia a la transposición de directivas comunitarias. Aunque aquí, el gobierno en funciones de legislador lleve en el pecado la penitencia, puesto que esperar siempre al límite de plazo para evitar las sanciones comunitarias no es el mejor medio de cumplir la legislación comunitaria, al tener que modificar normas de tanta trascendencia como el Estatuto de los Trabajadores o la legislación procesal-laboral o societaria.

Pero lo que ya rebasa todos los límites es que un Ministerio de Justicia, ausente desde la llegada de la ministra Llop en julio de 2021 de la escena pública y que no ha resuelto ni las huelgas ni la necesidad de reformas estructurales de la Justicia, incluya de soslayo y por la puerta trasera la reforma del recurso de casación civil, o el de casación penal e introduzca cambios en la casación contencioso administrativa, en una materia vedada al Decreto-Ley y sin tomar ninguna medida de las solicitadas por el TS tras el agravamiento derivado de la ley mordaza impuesta por la LO 4/2021, que impide renovar y hacer nombramientos en el TS y otros órganos superiores.

Me parece un escándalo que se haya dictado y convalidado un Decreto-ley como el aprobado, cuando no se aprobaron en su momento por falta de voluntad política, configurando nuestro ya devaluado poder legislativo en una mera caja de resonancia de normas del poder ejecutivo. Seguramente este es el último acto póstumo de una legislatura del trágala.

Pasadas las elecciones del 23 J parece que todo va a la recherche du temps perdu. Pero no es así, pues cuando se empiecen a aplicar las numerosas normas concernidas y se aprecien sus errores, no quedará más que el derecho al pataleo. Nuestro país retrocede en la escala de naciones con respeto integral al Estado de Derecho y a nadie parece importarle. No se trata de invocar el libro de las lamentaciones como el profeta Jeremías, sino de llamar la atención sobre lo que no está bien hecho.

Manuel Pulido Quecedo. Abogado. Doctor en Derecho

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