Prácticas abusivas

El Tribunal Supremo prohíbe las primas únicas de seguros vinculadas a las hipotecas

Ve estas prácticas “opacas y abusivas” al pagar por adelantado la cobertura, tener que financiarla y no poder elegir otra compañía

Con una inflación tan elevada como ahora, los intereses reales que se pagan por las hipotecas son negativos
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Una persona firmando una hipotecaArchivo
Con una inflación tan elevada como ahora, los intereses reales que se pagan por las hipotecas son negativos

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Agencia Colpisa

Publicado el 02/07/2026 a las 09:18

El Tribunal Supremo asesta un nuevo golpe a la banca por prácticas abusivas en los contratos de hipotecas, en esa ‘letra pequeña’ que los clientes firman y encarecen de forma significativa estos préstamos. El Alto Tribunal declara "nulo" el cobro de una prima única de seguro vinculada a ese préstamo por la entidad financiera. 

Así concluye una sentencia con fecha del 11 de junio, que ve "abusiva" esta práctica porque el cliente tuvo que contratar el seguro con una compañía elegida por la entidad, pagar por anticipado toda la cobertura multianual y financiar su coste dentro de la propia hipoteca. Es decir, la prima no se renovaba anualmente sino que se abonó íntegramente al firmar el préstamo y se incorporó al capital hipotecario, de manera que el consumidor también pagaba intereses por el importe del seguro.

El litigio se remonta a enero de 2017, cuando el demandante concertó con el entonces Banco Popular (hoy Banco Santander) un préstamo hipotecario de 151.547,62€ para su vivienda habitual. El contrato incluía una estipulación que obligaba al prestatario a una transferencia de 24.467,62€ (detraídos directamente del capital del préstamo) a una aseguradora del mismo grupo bancario en concepto de prima única por un seguro de vida.

La sentencia destaca que la escritura de préstamo no mencionaba al contrato de seguro, que solo aparecía referenciado de forma aislada como una orden de transferencia. Esta ocultación impidió que el consumidor conociera la Tasa Anual Equivalente (TAE) de su operación y, por tanto, el coste real de la financiación, porque además de los costes propios de la adquisición de la vivienda también asume los de la prima única, que podría haber evitado con una prima periódica.

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