Ayudas
¿Tienes hijos nacidos después de 2007? Si cumples estos requisitos puedes obtener 1.000 euros
Este apoyo financiero se enmarca en las medidas de protección social del Real Decreto-ley 6/2019. Descubre si puedes acceder a esta ayuda económica


Publicado el 15/01/2025 a las 12:10
Resumen de la Ayuda Económica
Entre las novedades más destacadas para el año 2025 en cuanto a las políticas de apoyo a las familias con hijos en España, se encuentra un pago único de 1.000 euros. Este incentivo busca aliviar los costes derivados de la crianza de los niños y es parte de las medidas introducidas por el Real Decreto-Ley 6/2019. El beneficio se orienta a mejorar el bienestar de los infantes y a limitar la vulnerabilidad económica familiar.
Sin embargo, no todas las familias podrán acceder a la cuantía total, ya que está sujeta a una serie de requisitos específicos que garantizan su concesión a quienes más lo necesitan.
Requisitos para ser Beneficiario
La prestación está dirigida a familias numerosas, monoparentales o cuando alguno de los progenitores presenten una discapacidad superior al 65%, y su hijo haya nacido después del 16 de noviembre de 2007.
Aunque este parámetro es importante, también se requiere cumplir con otros criterios relacionados con los ingresos familiares y la adscripción a la Seguridad Social.
Limitaciones de Ingresos y Afiliación a la Seguridad Social
La ayuda se dirige a las familias cuyo ingreso anual no rebasa los márgenes definidos por la Seguridad Social. Dichos límites se adecúan al número de hijos y a las circunstancias propias de cada familia.
Como recoge la web de la Seguridad Social, la cuantía para familias numerosas, monoparentales o con padres discapacitados, el cuadro de renta queda así:
- Familias con 1 hijo: no se pueden sobrepasar los 14.011,00 euros al año.
- Familias con 2 hijos: no se pueden sobrepasar los 16.112,65 euros al año.
- Familias con 3 hijos: no se pueden sobrepasar los 18.214,30 euros al año.
- Familias con 4 hijos: no se pueden sobrepasar los 20.315,95 euros al año.
- Familias con 5 hijos: no se pueden sobrepasar los 22.417,60 euros al año.
- Familias con 6 hijos: no se pueden sobrepasar los 24.519,25 euros al año.
- Familias con 7 hijos: no se pueden sobrepasar los 26.620,90 euros al año.
- Familias con 8 hijos: no se pueden sobrepasar los 28.722,55 euros al año.
- Familias con 9 hijos: no se pueden sobrepasar los 30.824,20 euros al año.
- Familias con 10 hijos: no se pueden sobrepasar los 32.925,85 euros al año.
En el caso de familias numerosas, monoparentales o padres discapacitados a partir de tres hijos, pero que tengan en posesión el título de familia numerosa, el cuadro de cuantías es el siguiente:
- Familias con 3 hijos: no se pueden sobrepasar los 21.086,00 euros al año.
- Familias con 4 hijos: no se pueden sobrepasar los 24.502,00 euros al año.
- Familias con 5 hijos: no se pueden sobrepasar los 27.918,00 euros al año.
- Familias con 6 hijos: no se pueden sobrepasar los 31.334,00 euros al año.
- Familias con 7 hijos: no se pueden sobrepasar los 34.750,00 euros al año.
- Familias con 8 hijos: no se pueden sobrepasar los 38.166,00 euros al año.
- Familias con 9 hijos: no se pueden sobrepasar los 41.582,00 euros al año.
- Familias con 10 hijos: no se pueden sobrepasar los 44.998,00 euros al año.
Pequeños Beneficiarios en Situaciones Especiales
Las familias que se encuentran en situaciones especiales, como ser monoparentales o tener un miembro con discapacidad igual o superior al 65%, tienen preferencia en esta prestación.
Cómo Solicitar la Ayuda
El procedimiento para solicitar la ayuda es sencillo. Se puede hacer a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, correos convencionales, o entregar presencialmente la documentación en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), siempre que se cuente con una cita previa.
Conclusión
Esta medida del Real Decreto-ley 6/2019 es un apoyo para aquellas familias con hijos a su cargo y de bajos ingresos. Con los requerimientos cumplidos, las familias podrán recibir el pago único de 1.000 euros. No obstante estas ayudas no afectan a otras ventajas a las que las familias pueden optar, como los permisos por nacimiento y cuidado de menores.