El Gobierno central no autoriza una consulta popular en Tafalla sobre el TAV

El Ejecutivo central ha argumentado que "el asunto que se proyecta someter a consulta popular no es de competencia propia municipal"

Protesta en Tafalla contra el TAV y el cierre de los servicios de la estación
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Protesta en Tafalla contra el TAV y el cierre de los servicios de la estaciónAlberto Galdona
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Europa Press. Pamploa

Publicado el 28/06/2019 a las 18:24

El Consejo de Ministros no ha autorizado la celebración de una consulta popular en Tafalla sobre el tren de alta velocidad al tratarse de una materia de "interés general".


En concreto, la pregunta planteada en la consulta es: "¿Está usted de acuerdo o no con que, en vez de construir por nuestro término municipal un nuevo tren de alta velocidad, en su caso, se haga la inversión para la modernización del ferrocarril por el actual trazado de vía y manteniendo y mejorando los actuales servicios ferroviarios en la estación de Tafalla?".


El Gobierno central argumenta que "el asunto que se proyecta someter a consulta popular no es de competencia propia municipal". En este sentido, agrega, "el artículo 5 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario, relativo a la planificación de infraestructuras ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General, establece la competencia del Ministerio de Fomento para la planificación de las infraestructuras de la Red Ferroviaria de Interés General y el establecimiento o la modificación de las líneas ferroviarias o de tramos de las mismas, de estaciones de transporte de viajeros y de terminales de transporte de mercancías".


Según el acuerdo del Consejo de Ministros, "tampoco el asunto es de carácter local, ya que el trazado de un tren de alta velocidad supera el ámbito territorial del municipio que plantea la consulta".


En consecuencia, "el objeto de la consulta popular solicitada no puede considerarse un asunto de competencia propia municipal ni de carácter local, no cumpliéndose el artítuclo 71 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local en lo que se refiere a dichos requisitos".

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