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Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital en agosto de 2026

Aunque la Seguridad Social establece unas fechas concretas para realizar el pago, numerosas entidades bancarias adelantan habitualmente el ingreso varios días antes

Autobús informativo del Ingreso Mínimo Vital puesto en marcha por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
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Diario de Navarra

Publicado el 27/07/2026 a las 07:42

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ya pueden consultar las fechas previstas para el cobro de la prestación correspondiente a agosto de 2026. Aunque la Seguridad Social establece que el pago debe estar disponible entre el primer y el cuarto día hábil de cada mes, numerosas entidades bancarias adelantan habitualmente el ingreso varios días antes.

De acuerdo con la normativa que regula los pagos de la Seguridad Social, el IMV se abona oficialmente durante los primeros días del mes siguiente al que corresponde la prestación. Sin embargo, la mayoría de bancos anticipan el dinero a finales del mes anterior una vez reciben la información necesaria para procesar los pagos.

A falta de que cada entidad confirme de manera definitiva su calendario para agosto, la experiencia de meses anteriores apunta a que algunos bancos volverán a adelantar el ingreso los últimos días de julio. Entidades como Bankinter, Unicaja, Santander o CaixaBank suelen situarse entre las primeras en realizar el abono.

FECHA OFICIAL DEL COBRO DEL IMV

Para quienes no reciben adelantos por parte de su entidad financiera, la fecha oficial continúa siendo la marcada por la Seguridad Social: entre el primer y el cuarto día hábil de agosto. La normativa establece que los beneficiarios deben tener disponible el importe durante esos primeros días del mes.

Por ello, los hogares que perciben esta prestación deberán estar atentos a sus cuentas bancarias tanto a finales de julio como en los primeros días de agosto, ya que la fecha concreta puede variar según la entidad con la que operen.

En cualquier caso, la recomendación de los expertos es tomar como referencia la fecha oficial de la Seguridad Social y considerar los adelantos bancarios como una práctica comercial que puede modificarse en cualquier momento.

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