Tribunales
Absuelta la exalcaldesa de Tafalla del delito de falsedad documental
- Un acuerdo extrajudicial, por el que tres de los socios han devuelto una indemnización percibida, ha evitado el juicio
- El proceso surgió tras el concurso de acreedores de una empresa de la que Cristina Sota era socia minoritaria


Actualizado el 17/02/2018 a las 06:00
La exalcaldesa de Tafalla, Cristina Sota (UPN), ha sido absuelta del delito de falsedad documental en documento mercantil en relación a la empresa Construcciones y Reparaciones La Nava S.L.
El acuerdo extrajudicial al que llegaron la propia Sota y otros seis socios más de la empresa evitó la celebración del juicio. Dicha empresa, de la que la ex alcaldesa era socia minoritaria con un 6% de las acciones entró en concurso mercantil y fue en la celebración del juicio del concurso de acreedores de dicha constructora, celebrado en el año 2014, cuando se detectó el acta de una sesión había sido elaborada con posterioridad a la fecha en la que se celebró la sesión.
Dicha acta, del año 2007, se refería a la indemnización de salarios adoptado de manera unánime por todos los socios. Dicho documento fue requerido durante el procedimiento concursal. Desde el principio, la propia Sota y el resto de socios explicaron que se extravió y se volvió a redactar en los mismos términos a posteriori.
Sin embargo, un error al redactar el documento, incluyendo una ley diferente a la vigente en el momento de la sesión a la que refería el acta, hizo que el administrador concursal alegase falsedad documental denunciando a todos los socios, incluida Sota, de falsedad. La fiscalía por su parte no presentó acusación alguna.
Ahora, un acuerdo extrajudicial ha evitado la celebración del juicio. Tal y como recoge el acuerdo transaccional al que ha tenido acceso a este periódico, tres de los socios, entre los que no se encuentra Cristina Sota, devuelven a Construcciones y Reparaciones La Nava un importe de 93.326,90 euros -entre los tres-, “en concepto de devolución de los importes que recibieron en exceso de las indemnizaciones que legalmente les hubiese correspondido con motivo de la extinción de sus relaciones laborales con Construcciones y Reparaciones La Nava, SL.”.
Una vez realizado el pago, la administración concursal retiró la acusación formulada frente a los siete socios y el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona dictó sentencia absolutoria ‘in voice’ para los siete socios de la empresa.
La defensa de Cristina Sota, ejercida por el abogado Eduardo Ruiz de Erenchun, reiteró que el pago de dichas cuantías, que no afectan a la ex alcaldesa de Tafalla, se enmarcan dentro del proceso del concurso sin tener nada que ver con el ámbito penal.
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