Sentencia

Indemnizan a un motorista que sufrió una caída al cruzarse un perro en la Cuenca de Pamplona

La compañía de seguros del dueño del animal ha sido condenada a indemnizar con 6.540 euros al herido, por no haber adoptado medidas para evitar que saliera

La silueta de un perro
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La silueta de un perro

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Gabriel González

Publicado el 06/10/2026 a las 05:00

La compañía aseguradora del dueño de un perro ha sido condenada a indemnizar con 6.540 euros a un motorista que sufrió un accidente al irrumpir el animal en una carretera de la comarca de Pamplona. La sentencia de la Sección Civil del Tribunal de Instancia nº 1 de Aoiz resalta que el accidente fue “culpa exclusiva” del responsable del animal, “al no haber adoptado las medidas adecuadas para evitar su extravío”.

El suceso ocurrió el 5 de diciembre de 2024 a las 7.25. El demandante se dirigía en motocicleta a su trabajo cuando, a la altura de una jardinería, un perro apareció en la calzada, cruzó y golpeó contra el vehículo. En la caída, el conductor sufrió golpes en un tobillo y una pierna que tardaron en curar 44 días, así como diversos daños en la motocicleta.

El propietario del animal (el responsable de la empresa jardinera) tenía contratado un seguro, pero la compañía se negaba a indemnizar al herido. Argumentaba que el perro se encontraba en ese momento bajo la custodia de los empleados de la empresa, y no del titular de la póliza, y añadía que la causa de la caída fue la conducta “negligente” del motorista, pues a su juicio circulaba por “una vía agrícola de acceso restringido sin autorización y a una velocidad excesiva”.

El juez rechaza estas argumentaciones y da la razón al motorista. La sentencia asegura que “no hay duda” de que el perro del asegurado causó el accidente al cruzarse en el camino de la motocicleta. A este respecto, un trabajador de la jardinería declaró que el perro era de su jefe y que ellos lo estaban cuidando, “reconociendo que oyó el golpe y que vio al demandado caído en el suelo”. Otros trabajadores refrendaron la versión de que el perro se había cruzado.

Sobre la prohibición de no circular por ese lugar, ni el informe de la policía local ni la normativa municipal recogen infracción al respecto. La aseguradora presentó un cartel de Google Street de 2023 que establecía la prohibición de circular por ahí. Pero el juez responde que el accidente fue en 2024, un año después, y que hay discrepancias entre los testigos sobre si el cartel seguía o no colocado. Ante la falta de documentación que lo acredite, estima que la moto circulaba correctamente y que la culpa del accidente fue del animal, que no estaba atado ni se habían adoptado medidas para que no se perdiera y pudiera causar un accidente.

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