Justicia

Condenas y absoluciones en Navarra por dejar a menores solos en casa 

En 2024 dos padres fueron condenados a 9 meses de cárcel por dejar a su hijo de 2 años solo y en 2024 fue absuelta una madre que dejó sola a una hija de 5 años, que sufrió un accidente, por un imprevisto laboral

Uno de los pasillos del interior del Palacio de Justicia de Pamplona
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Uno de los pasillos del interior del Palacio de Justicia de PamplonaJesús Garzaron
Uno de los pasillos del interior del Palacio de Justicia de Pamplona

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Gabriel González

Publicado el 06/10/2026 a las 05:00

Todavía es muy pronto para saber en qué terminarán los dos casos de menores de 1 a 6 años que se encontraban solos en sus domicilios el pasado fin de semana mientras sus padres estaban de fiesta, situaciones que obligaron a actuar a la Policía Municipal de Pamplona.

Si la situación se considera grave, podrían acabar como acusados del delito de abandono de menores, penado con entre 18 meses y 3 años de prisión cuando el abandono es cometido por los padres. En los últimos tres lustros, varios episodios de este tipo han llegado a juicio y se han registrado tanto condenas como absoluciones. 

En 2015, un padre y una madre fueron condenados a 9 meses de prisión por marcharse de su casa a las 1.30 horas, dejando a un niño de 2 años dormido, para irse a tomar unas copas en la comarca de Pamplona. El menor se despertó a la 1.55 horas y bajó descalzo al portal del edificio, donde fue visto por un vecino, que avisó a la policía. El niño fue llevado a un centro, ya que hasta las ocho de la mañana no se pudo localizar a los padres. La Fiscalía pedía para ellos 1 año de cárcel. "Se me cae la cara de vergüenza, ha sido algo que no va a volver a pasar, un trago amargo que me ha servido para madurar", declaró el padre en el juicio, alegando que solo salieron un momento a solucionar un problema, pero que se juntaron con unos amigos.

Tres años antes, una madre fue condenada a 4 meses de cárcel después de dejar a una niña de 2 años sola en casa. La menor fue descubierta por el padre cuando acudió a recogerla por la mañana y tuvo que tirar la puerta. En este caso se tuvo en cuenta que la mujer sufría un trastorno. 

En otro caso, de 2022, un juez absolvió a una madre a la que el fiscal pedía un año de cárcel por haberse ido de casa dejando solo a su hijo de 10 años, ausencia en la que se produjo un incendio. “No hay delito; de ser así la práctica totalidad de padres y madres de este país nos encontraríamos con abundantes condenas”, concluía el magistrado del Juzgado de lo Penal nº 4. En su sentencia, analizaba el fenómeno de dejar solos a los hijos en casa para hacer un recado puntual. Y apuntaba que lo que se procura es “dejarlos entretenidos viendo un vídeo de dibujos para poder realizar los recados con mayor celeridad, volviendo cuanto antes a casa”. Según la sentencia, esto es “un logro que es interpretado como un avance en la calidad de vida de los padres, muchas veces superados por la crianza, que se debe compatibilizar con el trabajo diario”. Asimismo, resaltaba que, en ese caso, el niño tenía 10 años.

Una sentencia más reciente de la Sección Primera de la Audiencia, de mediados de 2024, confirmó la absolución a una madre que dejó sola en casa a su hija de 5 años porque tuvo que marcharse a trabajar tras una llamada imprevista, momento en el que la menor logró subirse a la ventana y cayó de un tercer piso en una localidad de la Ribera. Sufrió fracturas, pero ninguna de riesgo vital. 

Para el tribunal, fue un hecho puntual provocado por un imprevisto laboral. Antes de marcharse, además, avisó a una cuidadora par que se hiciera cargo de la menor, pero tuvo que marcharse antes de que llegara, lo que para el tribunal era “un dato de especial relevancia". "Denota que la actitud de la mujer fue encaminada a que sus hijos quedaran atendidos”, añadía. La Fiscalía reclamaba para ella una multa por el delito de abandono de menores, así como la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante cuatro años.

"PASIVIDAD, DESIDIA Y DESPREOCUPACIÓN"

Para determinar cuándo dejar solo en casa a un menor rebasa o no la frontera del delito, el Tribunal Supremo ya aclaró hace unos años que había que analizar cada caso, teniendo en cuenta "la naturaleza del incumplimiento, la gravedad de sus consecuencias y las circunstancias personales del responsable". Para que exista delito, resaltaba una sentencia de 2025, tiene que haber "intención consciente de incumplir los deberes". 

"Se requiere una conducta de pasividad, desidia o despreocupación por parte de los padres o tutores, evidenciando un incumplimiento voluntario y consciente de sus deberes legales de asistencia", afirmaba el Alto Tribunal. Si el abandono pone en peligro la vida o la salud del menor, podría considerarse una negligencia más grave. 

El delito de abandono de menores, concluían los magistrados, busca "garantizar la protección integral de los menores y personas vulnerables frente a la dejación de responsabilidades de quienes tienen el deber legal de cuidarlos".

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