La bonificación de la contribución se puede pedir hasta el 31 de enero
La Asociación de Familias Numerosas recuerda que la rebaja en el impuesto para colectivos vulnerables no se aplica de oficio sino que hay que presentar instancia


Actualizado el 16/01/2025 a las 08:32
Las familias numerosas, monoparentales y los perceptores de pensiones no contributivas, renta garantizada o ingreso mínimo vital tienen de plazo hasta el 31 de enero para solicitar una bonificación en la contribución urbana o IBI. El trámite se puede hacer de forma telemática (con certificado digital) o bien de forma presencial en los registros municipales, solicitando cita previa.
El trámite es engorroso porque hay que preparar y presentar diversa documentación acreditativa, pero la Asociación de Familias Numerosas de Navarra anima a los posibles beneficiarios a aprovechar la rebaja del impuesto a la que tienen derecho. Recuerdan, además, que será la forma de amortiguar la subida de la contribución prevista para este año a raíz de la actualización de la ponencia de valoración.
Aunque las bonificaciones en el impuesto de bienes inmuebles (IBI) se aprobaron mediante ley foral en 2019, es la primera vez que se aplican en Pamplona. El motivo es que dichas bonificaciones sólo pueden aplicarse en los ayuntamientos que han actualizado la ponencia de valoración (el valor catastral de las viviendas) en los últimos 5 años. En la capital navarra, sin embargo, la última revisión databa de 1998. Debido al tiempo transcurrido, los barrios de ciudad van a experimentar alzas de la contribución que en algunos casos superan el 50%.
LOS REQUISITOS
La ponencia de valoración genero un intenso debate político durante el último año. El equipo de gobierno de EH BIldu responsabilizó a UPN de perjudicar los ingresos municipales por retrasar la actualización de los valores catastrales, mientras que los regionalistas acusaron al equipo de Joseba Asiron de dar un “hachazo fiscal” a las familias con la subida del IBI. EH Bildu admitió el fuerte aumento de la contribución pero destacó que los colectivos más vulnerables se beneficiarían de importantes bonificaciones.
En efecto, las bonificaciones pueden llegar al 90% para las rentas más bajas, pero no es algo que se aplique de oficio, sino que cada unidad familiar o contribuyente tiene que solicitarlo. Para poder optar a estas ayudas es necesario estar empadronado en la vivienda para la que se solicita la bonificación y ser propietario de la misma, de forma total o en un porcentaje, además de constituir el domicilio habitual. Asimismo, las personas que quieran optar a estas bonificaciones deberán estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias. A todo ello se suma, además, un requisito sobre los ingresos familiares, que no podrán superar en cuatro veces el Salario Mínimo Interprofesional. Las bonificaciones podrán solicitarse para un solo inmueble y se concederá para un único ejercicio fiscal; en este caso, para 2025. Además, afectará únicamente a la unidad urbana de la vivienda.
El porcentaje de bonificación varía en función de la renta familiar y oscila entre el 10 y el 90% del impuesto. La ayuda más elevada se concederá a aquellas solicitudes en las que la renta de la unidad familiar es menor al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si la renta se encuentra entre una y dos veces el SMI, la bonificación serán del 60%. En el caso de que la renta familiar sea entre 2 y 3 veces el SMI, la ayuda será del 20% y para las unidades familiares con rentas entre 2 y 4 veces el SMI, será del 10%.
Una "propuesta de mejora", que se tenga en cuenta el número de hijos
La Asociación de Familias Numerosas de Navarra admite que desde comienzos de año está recibiendo numerosas consultas de familias de Pamplona interesadas en solicitar la bonificación. La entidad destaca que la medida es positiva pero lamentan que para el cálculo de la rebaja se tiene en cuenta los ingresos anuales de la unidad familiar y no la renta per cápita. “No es la misma situación la de una familia con tres hijos que con cinco aunque el nivel de renta sea similar. Existen coeficientes para aplicar un trato más equitativo”, explica una responsable de la asociación.
Cómo solicitar
Beneficiarios Se aplicará una bonificación de hasta el 90% en el IBI o contribución, según los tramos de renta, cuando se trate de la vivienda que constituya el domicilio habitual de los sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa, familia monoparental o en situación de monoparentalidad o perciban de pensiones no contributivas, Renta Garantizada o Ingreso Mínimo Vital.
Presencial o telemática Si se opta por la solicitud presencial, es necesario pedir cita previa a través del teléfono 010 (948420100). El ayuntamiento dispone de un Registro General en el Palacio de Condestable y cuatro registros auxiliares en varios puntos de la ciudad. Además, puede gestionarse desde la Oficina de Atención al Contribuyente, en la calle del Mercado, siempre con cita previa.
Documentación familias numerosas o monoparentales Deben presentar el certificado, título o tarjeta oficial que acredite dicha condición. También fotocopia de la última declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o certificado de la Hacienda Foral si no ha hecho la declaración o declaración jurada de los ingresos familiares.
Documentación perceptores pensión o renta básica La resolución de la concesión de la pensión no contributiva, renta garantizada o IMV. Fotocopia de la última declaración del IRPF, certificado de Hacienda o declaración jurada.
EJEMPLOS DEL CÁLCULO DE LA BONIFICACIÓN
90% - NUMEROSA CON 4 HIJOS
-Ingresos brutos: 10.000 €.
-SMI: 15.120 €
-Los ingresos son inferiores a 1 vez el SMI.
60% - MONOPARENTAL 2 HIJOS
-Ingresos brutos: 18.000 €.
-SMIx1,5= 22.680 €.
-Los ingresos están entre 1 y 2 veces el SMI.
20% - NUMEROSA CON 3 HIJOS
-Ingresos brutos: 40.000 €.
-SMIx3=45.360 €.
-Los ingresos están entre 2 y 3 veces el SMI.
10% - NUMEROSA CON 3 HIJOS
-Ingresos brutos: 50.000 €.
-SMIx4=60.480 €.
-Los ingresos están entre 3 y 4 veces el SMI..