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Con la cuenta de la MCP bloqueada
Un antiguo trabajador denuncia que la Mancomunidad le ha bloqueado su correo electrónico y ahora, como cliente, no puede comunicarse. El Defensor el avala y la entidad sostiene que envía correos masivos

Publicado el 18/04/2023 a las 06:00
Es una situación a la que la inmensa mayoría se habrá enfrentado alguna vez. Enviar un correo electrónico y, al instante, ver cómo en la bandeja de entrada aparece un mensaje de error. Una de las formas más sencillas de comunicarse, dejando de lado mensajería instantánea y redes sociales, no debería fallar. Al menos así lo piensa el protagonista de esta historia.
Todo comenzó este año, cuando un vecino, trabajador de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona durante 27 años (1995-2021), comprobó cómo su dirección de correo electrónico no funcionaba como debería. Pero para entender mejor lo sucedido, es necesario añadir que a raíz de un conflicto laboral con la propia MCP, el afectado alcanzó un acuerdo, a cambio de una indemnización, para dejar de prestar sus servicios profesionales en la entidad.
Desde ese momento, cuenta en un escrito elevado al Defensor del Pueblo, pese a ser cliente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, su dirección personal de correo electrónico fue sido identificada como ‘correo no deseado’, imposibilitando que pudiera comunicarse con cualquier dirección de correo electrónico del dominio ‘@mcp.es’. “Al operar bajo un régimen monopolístico no puedo cambiarse a otro proveedor”, argumenta el afectado.
Preguntada la entidad, aseguran que el trabajador “tuvo un componente progresivo de conflictividad, especialmente intenso los últimos años”. Parte significativa de esa conflictividad, prosiguen, se manifestaba en frecuentes envíos de correos electrónicos dirigidos “de forma masiva e indiscriminada” a la dirección electrónica, organizaciones sindicales y numerosos integrantes de la plantilla de la empresa.
“Estos correos, más allá de lo inapropiado de su contenido por no estar en muchas ocasiones directamente relacionado con el trabajo concreto de las personas, podían entrañar riesgos de seguridad y, por su extensión y contenido, alterar la productividad y el normal funcionamiento de muchas personas en sus tareas”, esgrime la MCP.
Una vez finalizada su relación laboral en junio de 2021, asegura la entidad, el antiguo empleado siguió adelante con esa práctica de envío de correos con temas en absoluto relacionados con su condición de cliente de SCPSA. De ahí que se adoptara la medida excepcional de bloquear la cuenta de correo electrónico, al igual que bloquean otras direcciones.
“Nos consta que también ha utilizado en varias ocasiones otra cuenta de correo para comunicarse con personal de la empresa y que no está bloqueada, por lo que podría usarla”, añaden. Y recuerdan que, en calidad de cliente, tiene a su disposición “múltiples canales” para comunicarse: registro, instancias, quejas y reclamaciones, y atención telefónica o presencial.
El Defensor del Pueblo entiende que, en la medida en que el interesado es cliente de la Mancomunidad y no puede dejar de serlo, debe poder dirigir correos electrónicos a la dirección ‘mcp@mcp.es’ desde cualquier dirección de correo electrónico de la que sea o pueda ser usuario.