Vecinos
Multado por usar una tarjeta de persona con discapacidad en Pamplona
Accedió a una zona de acceso restringido pensando que su credencial de Zizur también era válida en la capital. ¿El resultado? Sanción sin miramientos


Actualizado el 30/03/2022 a las 13:54
Se montó en el coche con su mujer y, sin olvidarse nada, ambos se desplazaron hasta Pamplona. Con la tarjeta que identifica que dentro del vehículo viaja una persona con discapacidad, la pareja se dirigió al centro pasando por una zona de acceso restringido. ¿El motivo? Pensaban que podían hacerlo sin infringir normativa alguna.
Y es que, según expone el afectado, residente en Zizur, la Ordenanza municipal que regula la expedición de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad establece que quien dispone de esta distinción “tiene acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes”. De ahí que la pareja entendía que también por Pamplona se podía circular con este permiso.
Evidentemente, cuando llegó la correspondiente sanción por haberse desplazado por una zona de acceso restringido sin haber solicitado permiso, no hubo lugar a dudas. El error ya estaba cometido. "De haberlo sabido, hubiera actuado de otra manera. Fue puro desconocimiento", reitera el afectado.
Desde el Ayuntamiento de Pamplona, al que la pareja ha acudido intentando anular la sanción, poco pueden hacer. La entidad explica que las tarjetas que permiten el estacionamiento para personas con discapacidad no están asociadas a matrículas, pudiendo usarse en cualquier vehículo en el que viaje la persona que necesita asistencia o en aquel que se use para recogerla.
El sistema de control de accesos, por tanto, no puede discriminar qué vehículos llevan de pasajeros en un momento dado a personas con discapacidad. "Todos los coches que acceden al Casco Antiguo tienen que darse de alta, de forma puntual para una sola entrada o permanente para quien lo haga de forma habitual, por un trámite rápido y sencillo, e incluso se puede hacer a posteriori los días siguientes", recalcan desde el consistorio. Añaden, además, que la señalización en las entradas de la zona restringida en Pamplona es clara y no exime a ningún tipo de vehículo. En definitiva, que la sanción está correctamente impuesta y tramitada.
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La guinda del pastel sobreviene por las dificultades que está pasando el afectado. Según explica en un escrito elevado al Defensor del Pueblo, sus únicos ingresos económicos ascienden a 155,02 euros mensuales, que percibe en concepto de persona cuidadora de personas dependientes. En consecuencia, dice, experimenta "numerosas dificultades" para poder sufragar el importe de la multa.
Desde la institución que ahora dirige Patxi Vera, se entiende que el consistorio debería revocar la sanción impuesta al autor de la queja. Y lo argumenta en la posibilidad de poder circular por zonas restringidas cuando se conduce con tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad., entendiendo en todo momento la complejidad por parte del consistorio de controlar las tarjetas de manera nominativa.
La duda que surge entonces es la evidente: ¿desconocer una norma de tráfico puede ser argumento definitivo para evitar una sanción?
