Pamplona

El TSJN echa por tierra la lucha de Erripagaña para evitar edificar en su ripa

Los magistrados avalan la modificación del plan urbanístico y afirman que se ha tenido en cuenta la zona verde y el paisaje

Solar de Erripagaña donde se construirán 471 viviendas y un E.Leclerc
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Solar de Erripagaña
Solar de Erripagaña donde se construirán 471 viviendas y un E.Leclerc

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Noelia Gorbea

Actualizado el 13/01/2022 a las 14:27

Un considerable jarro de agua fría. La asociación Plataforma de vecinos Pro Parque Ripa Sur de Beloso acaba de recibir un varapalo judicial en su intento por salvar la ladera junto a sus casas, la polémica parcela BF1, ubicada en territorio pamplonés y donde se bregaba por paralizar un plan de edificación de hasta 91 viviendas promovida por Gobierno de Navarra.

Ha sido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) la que ha desestimado el recurso presentado contra un acuerdo del Ejecutivo foral de noviembre de 2020, por el que se aprobaba definitivamente la modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) de Erripagaña. El epicentro del cambio estriba, en síntesis, en un variación en las alineaciones y alturas de las edificaciones, en el establecimiento de nuevas condiciones morfológicas de los edificios, así como en la habilitación y determinación de nuevos espacios verdes. En la sentencia, que solo puede recurrirse en casación ante el propio órgano judicial, la Sala desestima las impugnaciones formuladas por los vecinos contra la resolución de la Directora General de Ordenación del Territorio, por el que se aprobó la citada modificación del PSIS.

ARGUMENTACIÓN

Recordemos que los afectados alegaron, entre otros motivos, que se pretendía construir un número de viviendas muy superior al previsto inicialmente, de mayor altura, a pesar de tener que construir un muro de contención y de que se hubiera demostrado la existencia de desperfectos en algunas de las zonas ya edificadas. Asimismo, citaban la supuesta vulneración del trámite de exposición pública (participación ciudadana) y reiteraban que la parcela se encontraba en un espacio reservado anteriormente a la aprobación del PSIS como ‘zona libre parque’. Según la asociación, se modificó el planeamiento municipal de Pamplona para que ese suelo dejara de ser protegido, lo que, a su juicio, supone un retroceso urbanístico y ambiental.

Ante ello, la sentencia sostiene que el proyecto gubernamental “aúna las dos finalidades de la actividad urbanística, al prever viviendas de protección pública destinadas a alquiler social” y mantener la mayor superficie de zonas verdes. Respecto a las afectaciones medioambientales y del paisaje, los jueces afirman que la Administración sí que ha tenido en cuenta la protección de la zona verde en la ubicación de las edificaciones, lo que ha motivado el rechazo del recurso.

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