El Ayuntamiento recurrirá la sentencia sobre adjudicación de publicidad institucional

El Consistorio cifra en 12.000 euros el presupuesto para publicidad digital, muy lejos de lo demandado por la empresa recurrente

El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron.
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El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron.Efe
El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron.

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E.Press. Pamplona

Publicado el 21/03/2019 a las 18:50

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Pamplona van a interponer recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que declara que el Consistorio incurrió en vía de hecho, es decir, actuó al margen del procedimiento establecido, en la adjudicación de la publicidad institucional a los medios de comunicación a partir del 1 de enero de 2016, ya que no aprobó "el preceptivo documento de condiciones esenciales".

Los servicios jurídicos municipales discrepan de la valoración jurídica hecha y consideran que "el Ayuntamiento de Pamplona ha adjudicado todos los contratos a los medios de comunicación mediante los procedimientos que los servicios jurídicos estiman adecuados a la legislación de contratos y previa aprobación por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona", según ha afirmado el Consistorio en una nota.

Además, señalan que mientras el presupuesto del Ayuntamiento para la publicidad digital es de 12.000 euros la cantidad reclamada por la empresa recurrente asciende a 141.000 euros. Asimismo, indican que "no se aceptó la oferta por no cumplir con otros requisitos del plan de actuación que es el que establecía los criterios de reparto de la partida presupuestaria aprobada por el Ayuntamiento".

El Consistorio ha apuntado que la sentencia llega tras otra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona que había desestimado un primer recurso del medio de comunicación y había fallado a favor del Consistorio pamplonés. Además, ha señalado que "la nueva sentencia no estima que la recurrente tenga derecho a cobrar la cantidad reclamada, sino que es algo que se tendrá que determinar en ejecución de sentencia".

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