Economía

Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital en julio de 2026

Los beneficiarios del IMV recibirán la prestación el primer día hábil de julio, aunque muchas entidades bancarias suelen adelantar el ingreso unos días antes

Un hombre sacando dinero de un cajero automático.
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Un hombre sacando dinero de un cajero automático.

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Diario de Navarra

Publicado el 26/06/2026 a las 09:10

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ya esperan el ingreso correspondiente al mes de julio de 2026. Aunque la fecha oficial de pago está fijada por la Seguridad Social, el día en el que el dinero llega a la cuenta depende de la entidad bancaria, ya que muchas adelantan el abono de la prestación.

La Tesorería General de la Seguridad Social establece que el pago ordinario del IMV se realiza el primer día hábil de cada mes, por lo que en esta ocasión el ingreso oficial será el miércoles 1 de julio de 2026. No obstante, varias entidades financieras suelen anticipar el pago durante los últimos días hábiles del mes anterior para que los beneficiarios dispongan antes del dinero.

QUIÉN PUEDE COBRAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación destinada a garantizar unos ingresos mínimos a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica. La ayuda está dirigida tanto a personas que viven solas como a unidades de convivencia que cumplan los requisitos de ingresos, patrimonio y residencia legal en España.

La cuantía varía en función de la composición del hogar y de sus recursos económicos. En 2026, tras la revalorización aplicada a principios de año, la prestación para un beneficiario individual parte de 733,60 euros mensuales, a los que puede sumarse el Complemento de Ayuda a la Infancia cuando corresponda.

LOS BANCOS PUEDEN ADELANTAR EL PAGO

Aunque la fecha oficial es el 1 de julio, entidades como Santander, CaixaBank, BBVA, Bankinter, Unicaja, Sabadell, ING, Openbank o Ibercaja suelen adelantar el ingreso unos días antes, entre el 22 y 26 de junio, si bien la fecha concreta depende de la política de cada banco.

En cualquier caso, el momento en el que el dinero aparece reflejado en la cuenta puede variar incluso entre clientes de una misma entidad, ya que las transferencias no siempre se procesan al mismo tiempo.

LA RENTA SIGUE SIENDO OBLIGATORIA

Los beneficiarios del IMV deben recordar que todos los miembros de la unidad de convivencia obligados a ello tienen que presentar la Declaración de la Renta. La Seguridad Social cruza los datos con la Agencia Tributaria para revisar que se siguen cumpliendo los requisitos de la prestación y evitar posibles suspensiones.

Asimismo, es recomendable mantener actualizados los datos personales y bancarios y consultar las notificaciones de la Seguridad Social para evitar retrasos en el cobro.

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