El TSJN anula el acuerdo sobre la recogida de residuos en la MCP

Considera que se omitió la fase de alegaciones de las partes y ordena retrotraerse a ese momento

El TSJN anula el acuerdo sobre la recogida de residuos en la MCP
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El TSJN anula el acuerdo sobre la recogida de residuos en la MCPJavier Sesma (Archivo)
El TSJN anula el acuerdo sobre la recogida de residuos en la MCP

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EFE

Publicado el 04/09/2018 a las 17:36

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratos sobre el contrato de recogida de residuos en el ámbito de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Según ha informado la propia Mancomunidad en una nota, dicho contrato, planteado para cuatro años y hasta seis más prorrogables año a año, fue adjudicado a FCC y la adjudicación fue recurrida por la empresa Urbaser ante el Tribunal de Contratos. Este tribunal emitió el 18 de febrero de 2015 una resolución que declaraba nula la adjudicación.

La resolución del Tribunal de Contratos fue recurrida tanto por Servicios de la Comarca de Pamplona S.A. (SCPSA), sociedad de gestión de la Mancomunidad, como por FCC ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN.

Ahora, la Sala ha estimado parcialmente dicho recurso y establece que el Tribunal de Contratos incumplió la ley al omitir la fase de alegaciones a las partes. Con esta sentencia, el Tribunal de Contratos deberá retrotraerse a ese momento y "facilitar que SCPSA pueda ejercitar su defensa", según ha señalado la Mancomunidad.

Para ello, Servicios de la Comarca de Pamplona S.A., emitirá las alegaciones correspondientes una vez le sea requerido por el Tribunal Administrativo en cumplimiento de la sentencia.

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