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Fechas, novedades y claves de la declaración de la renta en Navarra este 2026

Este jueves 9 de abril se abre en la comunidad la campaña para presentar la declaración aunque la atención en las oficinas de Hacienda no empezará hasta el día 20

Dos personas pasan junto a la oficina que Hacienda tiene en la calle Esquíroz de Pamplona
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Dos personas pasan junto a la oficina que Hacienda tiene en la calle Esquíroz de PamplonaEDUARDO BUXENS
Dos personas pasan junto a la oficina que Hacienda tiene en la calle Esquíroz de Pamplona

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Diana de Miguel

Actualizado el 08/04/2026 a las 11:27

Este jueves 9 de abril se abre la campaña de la Renta de 2025 en Navarra que llega con novedades en materia de vivienda, con nuevos incentivos al alquiler permanente, y en movilidad, entre otros muchos ámbitos. 

Tras la millonaria devolución a los mutualistas de la pasada campaña, también este año este colectivo deberá estar atento a la declaración porque podrá aplicarse la reducción correspondiente al pasado ejercicio. 

Los contribuyentes deben estar al corriente de los cambios para poder aplicar correctamente todas las deducciones o saber si deben presentar esta declaración ante la Administración para lo que dispondrán de plazo hasta el próximo 25 de junio. Se podrá pedir cita presencial desde el día 16 de abril.

Como en ejercicios anteriores, el organismo autónomo enviará una propuesta a un gran número de contribuyentes que, en caso de no estar de acuerdo con el resultado de la misma, o si no la han recibido, podrán presentar su declaración por las vías telemática, telefónica y presencial. 

Este año, se van a enviar 221.446 propuestas y de ellas 134.661 son a devolver. En total más de 115,5 millones que se empezarán a devolver el 15 de abril.

Durante los primeros días de campaña, como viene siendo habitual, únicamente estará abierta la vía telemática, para la presentación de declaraciones por internet utilizando la aplicación “Renta online Navarra” que la Hacienda Foral de Navarra pone a disposición en la página web https://hacienda.navarra.es.

El servicio de asistencia para la confección de las declaraciones en las oficinas de Hacienda arrancará el 20 abril y los interesados deberán solicitarlo por vía telefónica (948106106) por internet en la página web https://hacienda.navarra.es. Deberán identificarse con Cl@ve, certificado digital o DNI+PIN.

La atención telefónica arrancará una semana antes, el 13 de abril y este servicio se deberá solicitar exclusivamente por internet. También se podrá presentar la declaración a través de las entidades colaboradoras y a través de la web de Hacienda podrán consultarse cuáles son. Para la pasada campaña CaixaBank y Caja Rural de Rural llegaron a un acuerdo con Hacienda y prestaron el servicio fuera de la comarca de Pamplona en las localidades donde operaban.

Calendario de la campaña de la Renta 2025
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Calendario de la campaña de la Renta 2025Diario de Navarra
Calendario de la campaña de la Renta 2025

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Cristina Oyaga Landa, de la asesoría Brisa Fiscal, responde algunas cuestiones clave sobre la campaña:

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta en Navarra?

Están obligados los contribuyentes que tengan su residencia habitual en Navarra y obtengan rentas sometidas al mismo. Quedan excluidos los rendimientos del trabajo inferiores a 14.500 euros íntegros anuales y los rendimientos del capital mobiliario e incrementos de patrimonio, sometidos a retención o ingreso a cuenta que conjuntamente sean inferiores a 1.600 euros íntegros anuales.

Cuando no todos los miembros integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en territorio navarro y optasen por la tributación conjunta, estarán obligados a presentar la declaración en la Comunidad Foral si en su territorio reside el miembro de dicha unidad familiar con mayor base liquidable, calculada conforme a normativa foral.

Los contribuyentes que no estén obligados a presentarla y hayan soportado retenciones e ingresos a cuenta o efectuado pagos fraccionados que superen la cuota líquida, con el fin de obtener la devolución de la cantidad resultante, también podrán presentarla.

¿Qué datos tengo que incluir en mi declaración de la renta en Navarra?

La autoliquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas, modelo de autoliquidación F-93, deberá incorporar los datos correspondientes a todas las casillas que así lo requieran de acuerdo con la situación personal, económica y patrimonial del contribuyente, incluidas aquellas casillas que tengan carácter informativo.

¿Cuáles son los plazos de presentación previstos?

La declaración de la renta 2025, deberá presentarse ante la Hacienda Foral de Navarra, entre los días 9 de abril y 25 de junio de 2026, ambos inclusive.

Una vez finalizado dicho plazo, la presentación del Impuesto solo podrá realizarse mediante las modalidades "Renta online" de presentación electrónica por Internet o mediante la utilización de otros programas de confección y presentación de autoliquidaciones, exclusivamente mediante procedimientos electrónicos.

¿Qué formas de presentación de la declaración de la renta están habilitadas?

Confirmación de la propuesta remitida por la Hacienda Foral de Navarra

Los contribuyentes a los que se les haya confeccionado la propuesta podrán acceder a la misma a través de la página web de Hacienda Foral de Navarra.

Si el contribuyente desea modificar el fraccionamiento del pago de dos a un único plazo, cambiar de cuenta de domiciliación, o no desea domiciliar el pago de la deuda, podrá realizar esas modificaciones o incluso anular dicha domiciliación a través de la página web de Hacienda Navarra o a través de los teléfonos de consulta, debiéndose realizar dichos cambios antes del día 26 de junio de 2026.

Si la propuesta determina una cantidad a ingresar el pago se ingresará hasta el día 3 de julio de 2026 o, en caso de fraccionamiento del pago, se ingresará sin interés ni recargo alguno, en dos partes:

Primer pago, del 50% del importe de la deuda, hasta el día 3 de julio de 2026, inclusive.

Segundo pago, del resto, hasta el día 20 de noviembre de 2026, inclusive.

Las propuestas recibidas por contribuyentes, con resultado “a devolver” se consideran confirmadas cuando, habiendo recibido el importe de la devolución, el contribuyente no haya presentado otra declaración de la renta ni haya rechazado la propuesta de autoliquidación recibida de Hacienda en el plazo comprendido entre los días 9 de abril y 25 de junio de 2026.

El contribuyente recibirá la devolución en cuenta bancaria de la que sea titular, salvo cuando dicho importe resulte compensado con deudas que mantenga con Hacienda Foral de Navarra o se produzca embargo por parte de terceros. En caso de producirse compensación o embargo, Hacienda Navarra comunicará dicha incidencia al contribuyente.

Modalidad "Renta online" de presentación electrónica por Internet.

Se efectúa por medios electrónicos utilizando la aplicación "Renta online Navarra" que Hacienda Foral de Navarra pone a disposición de los ciudadanos en su página web. Plazo de presentación: entre los días 09 de abril y 25 de junio de 2026.

 Utilización de otros programas de confección y presentación de autoliquidaciones, exclusivamente mediante procedimientos electrónicos.

Siempre y cuando los formularios resultantes de los mismos contengan todos los datos personales, económicos e informativos necesarios para la determinación de la deuda resultante.

En el caso de que dichas autoliquidaciones contengan omisiones en los datos necesarios, Hacienda Foral de Navarra podrá requerir la subsanación de las mismas. "La atención satisfactoria al requerimiento realizado en plazo supondrá la confirmación de la autoliquidación presentada. En caso contrario se podrá entender como no presentada", explican desde Brisa Fiscal. 

Servicio presencial en las oficinas de la Hacienda Foral de Navarra.

Para poder acogerse a esta modalidad es necesario solicitarlo por vía telefónica o vía internet en la página web de Hacienda Navarra. El servicio se prestará entre el 20 de abril y el 25 de junio. 

No pueden acogerse a esta modalidad los contribuyentes afectados por las siguientes circunstancias: 

Hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo en 2025 superiores a 100.000€.

Hayan obtenido rendimientos de actividades económicas en 2025, salvo que determinen el rendimiento neto por estimación directa especial.

Hayan tenido al menos dos inmuebles arrendados en 2025 o los ingresos totales en concepto de rendimiento del capital inmobiliario declarado en 2024 superen los 24.000€.

Hayan realizado en 2025 dos o más transmisiones mediante protocolo notarial por importe superior a 10.000€.

Hayan realizado en 2025 dos transmisiones de acciones u otros valores mobiliarios cuyo valor supere los 10.000€, o hayan realizado más de dos transmisiones con independencia de su importe.

En el caso de tributación conjunta, si alguna de las circunstancias anteriores afectase a cualquiera de los miembros de la unidad familiar imposibilitará el acceso al servicio a todos los miembros de la unidad familiar.

Servicio de asistencia prestado por vía telefónica por la Hacienda Foral de Navarra.

El contribuyente lo debe solicitar por internet en la página web de Hacienda Navarra. Se prestará entre el 13 de abril y el 25 de junio.

Servicio de asistencia en la confección de autoliquidaciones prestado por entidades colaboradoras.

En la página web de la Hacienda Foral podrá consultarse cuáles son las entidades colaboradoras prestadoras de dicho servicio, así como los plazos y condiciones para la prestación del mismo.

¿Qué documentación se me requerirá para la confección de la declaración?

Los contribuyentes deben conservar, durante el plazo de prescripción del impuesto, los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones, rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones de cualquier tipo que deban constar en sus autoliquidaciones.

Con carácter general, los contribuyentes no están obligados a dejar en Hacienda Foral de Navarra estos documentos y justificantes, salvo que se sean expresamente requeridos para ello.

No obstante, y con carácter particular, el sujeto pasivo deberá aportar la documentación justificativa de las inversiones realizadas en vehículos eléctricos o híbridos enchufables. Asimismo, en las deducciones por alquiler de vivienda, el sujeto pasivo deberá aportar la documentación justificativa de los pagos realizados por medios electrónicos.

Además:

NIF de todas los contribuyentes que consten en la autoliquidación, así como de las personas en virtud de las cuales se aplica una deducción por mínimos familiares, e hijos por quienes se satisfagan anualidades por alimentos.

Autenticación del declarante (así como, en caso de declaración conjunta, el cónyuge o pareja estable) mediante su Número de Identificación Personal (PIN), o bien mediante el empleo de certificado electrónico cualificado, Cl@ve o cualesquiera otros procedimientos de autentificación digital admitidos por la Hacienda Foral de Navarra.

 

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