Tribunales
El Supremo deniega el permiso a Koldo para acudir al Parlamento de Navarra y después rectifica por un error en las fechas
El tribunal corrigió horas después el "error material" y autorizó la comparecencia del exasesor de Ábalos el 11 de marzo


Publicado el 09/02/2026 a las 21:01
Un lío de fechas ha llevado al Tribunal Supremo a dictar una providencia avisando al Parlamento de Navarra que el exasesor de José Luis Ábalos Koldo García no puede comparecer este miércoles 11 de febrero en la comisión de investigación sobre licitación y adjudicación de obras públicas de la comunidad foral porque ese día tiene cita con la Justicia. El Parlamento foral se ha apresurado a aclarar que la comparecencia está programada para el 11 de marzo, no de febrero. Poco después, el Supremo corregía el "error material" de la providencia y autorizaba el traslado de Koldo, que está en prisión provisional, el mes que viene.
El pasado 27 de enero, la comisión de investigación pidió permiso al Supremo para que Koldo, en prisión preventiva desde el pasado 27 de noviembre, pudiera comparecer el día 11 de marzo. Alguna persona que ha tramitado la solicitud entendió que la comparecencia era el 11 de febrero. Así, el alto tribunal ha dictado una providencia en la que desestima la petición de la cámara navarra alegando que Koldo tiene que comparecer personalmente este jueves en la audiencia preliminar del caso de las mascarillas, "lo que hace incompatible con la misma su traslado a Navarra".
Este 11 de febrero, quien está citado en la comisión de investigación es Santos Cerdán, exdirigente socialista que está en libertad condicional y que actualmente tiene su residencia en Milagro.
El Supremo celebra este jueves la audiencia preliminar para tratar las nulidades que plantean las defensas como paso previo al juicio contra el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García por los contratos de mascarillas. Se trata de una audiencia "muy técnica", anterior al juicio oral para tratar las cuestiones previas, esto es, las partes podrán exponer la posibilidad de conformidades, la competencia del órgano judicial, la vulneración de derechos fundamentales, la existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de la suspensión de juicio, nulidad de actuaciones, así como las pruebas propuestas. El juicio podría celebrarse en abril.