Las 17 casillas que debes revisar en la declaración de la renta de este 2025 en Navarra
Son las que incorporan novedades que afectan a la renta de este año, algunas de especial notoriedad como la deducción extraordinaria aprobada para el colectivo de los mutualistas. Los contribuyentes deben estar vigilantes para comprobar si los cambios aprobados le afectan o no


Publicado el 30/03/2025 a las 05:00
A hora de confeccionar la declaración de la renta por internet, los contribuyentes se encontrarán cuando accedan al sistema una serie de apartados que ya han sido cumplimentados por la Hacienda Foral de Navarra y otros que, por el contrario, deberán completar con la información que se haya generado o modificado en 2024. Y de ahí la importancia de conocer las novedades que afectan a la declaración de este año y que se incorporan a una serie de casillas/secciones de la declaración a las que conviene prestar especial atención tanto a la hora de confeccionar la declaración de la renta como de revisar la propuesta que le elabore Hacienda. Algunas de esas novedades tienen especial notoriedad por afectar a un colectivo, el de los mutualistas, que aglutina a unas 60.000 personas. Con la ayuda de Cristina Oyaga Landa, de la asesoría Brisa Fiscal, desgranamos las 17 casillas que incluyen novedades tomando como base la estructura que deberán seguir los contribuyentes a la hora de confeccionar la declaración del impuesto y de agregar tanto los datos económicos, personales y familiares como las reducciones, deducciones y exenciones. La especialista recuerda la conveniencia de verificar que la información contenida en los datos fiscales del ejercicio sea correcta. Es importar conocer el orden en el que aparecen las casillas para que los contribuyentes sepan en qué momento deben tomar en consideración las novedades aprobadas para 2024 para determinar si le afectan o no.
Aunque en esta campaña el umbral de rentas que determina la obligación de declarar los rendimientos de trabajo se mantiene en 14.500 euros vuelve a ser importante estar atento a esa casilla y tener en cuenta que a algunos contribuyentes podría convenirles presentar la declaración pese a no estar obligados por no alcanzar ese umbral para así poder solicitar la devolución de las retenciones e ingresos a cuenta que hayan podido soportar.
Te puede interesar

La deflactación de la tarifa deja una leve rebaja de la carga fiscal
Dentro de la base liquidable general del impuesto, el resultado de restar a la base imponible las reducciones a las que el contribuyente tenga derecho para obtener los ingresos que se contabilizan a la hora de pagar el impuesto, en el apartado de la cuota de la parte general debe verificar la deflactación de la tarifa en un 3% con respecto a la que estuvo en vigor la pasada campaña y que beneficia tanto a rentas bajas y medias como a las altas. Para un contribuyente con un nivel de ingresos de hasta 21.000 euros, el tipo medio del gravamen será este año del 21,66% frente al 21,82% que hubiera tenido que soportar si la tarifa no se hubiera deflactado. Aunque los ingresos suban, por ejemplo, hasta los 136.000 euros anuales, seguirá notándose la rebaja en el tipo medio del gravamen si se compara el que a un contribuyente con ese nivel de ingresos se le hubiera aplicado en la pasada campaña de la renta. Así, frente al 39,96% de 2023, se pasará a un tipo del 38,71% este año gracias a la deflactación. Por el contrario, un contribuyente cuyos ingresos hubiesen aumentado exactamente un 3% (idéntico porcentaje al de la deflactación aprobada) soportará en la próxima renta el mismo tipo medio de gravamen que en la pasada campaña.
150€ adicionales en los mínimos personales para inferiores a 30.000
La subida de los mínimos personales y familiares tiene la misma finalidad que la deflactación: minorar la carga fiscal. Figura en el apartado de la declaración dedicado a las deducciones de la cuota. Un matrimonio con dos hijos de 5 y 7 años y rentas del trabajo de entre 35.000 y 36.000 euros tendrán derecho a aplicarse en la próxima campaña un importe adicional de 93€ en concepto de deducción por mínimos personales y familiares respecto al importe de la deducción que se aplicaron en la renta anterior. Si las rentas de esos contribuyentes hubieran sido durante 2024 inferiores a 30.000 euros, la deducción por mínimos personales se incrementará 150€, hasta los 1.234€ frente a los 1.084€ de deducción que se podrán aplicar las rentas que superen esa cantidad. Hay que recordar que en la campaña de la renta de 2023 el importe adicional para las rentas inferiores a 30.000 euros había sido de 100€.
Reducción del 30% a algunas prestaciones. Qué tener en cuenta
Una ventaja fiscal que puede pasar desapercibida para muchos contribuyentes es la reducción del 30% que la normativa de IRPF permite aplicar a la hora de computar los rendimiento del trabajo sobre aquellas cantidades cuyo periodo de generación sea superior a los dos años y no se obtengan de forma recurrente, así como sobre aquellos que se hayan obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo. Por ejemplo, podrá aplicarse esta reducción un contribuyente que tras doce años en su empresa hubiera percibido en 2024 en un único pago una indemnización por despido superior a la que le hubiera correspondiendo con carácter obligatorio. “Sobre el 70% restante de la cuantía de mejora de la indemnización deberá tributar en la renta de 2024”, explica Oyaga Landa. Pero si a ese trabajador su empresa le hubiera fraccionado el pago de la indemnización en tres ejercicios fiscales diferentes (2024, 2025 y 2026), no podrá aplicarse la reducción y deberá tributar en esos tres ejercicios por el 100% del importe abonado en cada uno de ellos. También, se podrá aplicar esta reducción un contribuyente que por sentencia judicial firme, hubiera visto reconocida su pensión de jubilación y reciba un abono económico por los importes a los que tuviera derecho por el periodo generado, siempre superior a los dos años.
Sube al 70% la reducción por los alquileres de la bolsa de Nasuvinsa
La próxima declaración también trae novedades en el rendimiento del capital inmobiliario procedente del arrendamiento de viviendas a través de la Bolsa de Alquiler que gestiona Nasuvinsa. La reducción del 60% que los propietarios que hubieran cedido sus viviendas a este Bolsa podían aplicarse hasta ahora sobre el rendimiento positivo obtenido subirá en esta renta al 70%. Una subida que beneficiará a aquellos contribuyentes que hubieran cedido en el ejercicio 2024 sus viviendas en régimen de alquiler para su gestión a través de Nasuvinsa y con la que se busca incentivar en mayor medida el arrendamiento intermediado a través de la empresa pública y de que aumente el parque de viviendas destinadas al alquiler.
Ejemplo práctico. Gracias a esa subida, la reducción que se podrá aplicar un contribuyente que hubiera obtenido en 2024 por su vivienda 6.600 euros de rendimiento llegará a los 4.640 euros frente a los 3.690 euros de la anterior campaña lo que dejará en 1.980 euros el importe sometido a tributación.
Deducción por alquiler de vivienda habitual: suben los topes
Como viene siendo habitual, los contribuyentes podrán aplicarse una deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda que constituya su domicilio habitual. Sin embargo, este año como novedad el importe de la deducción aplicable tiene un tope de 1.500€ frente a los de 1.200€ que pudieron aplicar los contribuyentes navarros en la campaña anterior. Para poder beneficiarse de esta deducción por alquiler de vivienda habitual, se exige no haber obtenido en el periodo impositivo rentas superiores, excluidas las exentas, a 30.000€ y que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de las rentas totales del sujeto pasivo en el periodo impositivo.
Ejemplo práctico. Con este cambio, un contribuyente que en 2024 hubiera percibido unos ingresos por trabajo de 25.000 euros y soporte una carga mensual de 700 euros en concepto de alquiler podrá en esta campaña aplicarse la deducción a la que tiene derecho de forma íntegra al no superar el límite. Otro contribuyente que en 2023 ingresó por rentas del trabajo 29.900 euros y se aplicó 1.200 euros de deducción por el alquiler que soporta (8.400 euros al año) pero en 2024 ha pasado a obtener un rendimiento de 30.100 euros no podrá aplicarse este año la deducción por haber excedido el nivel de rentas fijado e ingresar tan sólo 200 euros más que en el ejercicio anterior.
Otro cambio que entra en vigor en esta campaña son los límites que se pueden aplicar por esta deducción los menores de 30 años y las unidades familiares monoparentales. En estos supuestos la deducción es del 20%, con el límite de 1.600€ anuales. El que se aplicó en estos supuestos en la anterior campaña fue de 1.500€.
Ejemplo práctico. Un contribuyente de 29 años de edad en 2024 que resida en Pamplona en régimen de alquiler desde hace más de dos años y hubiera obtenido unos rendimientos en 2023 de 25.000€ y en 2024 de 27.000€. Que no reciba ningún otro ingreso y hubiera pagado al mes de alquiler 614 euros en 2023 y 650 en 2024 cumplirá en esta campaña los requisitos para poder aplicar una deducción por alquiler de vivienda habitual del 20% de las cantidades satisfechas. Si en 2023 su renta hubiese sido de 650€ mensuales, el importe correspondiente al 20% de la renta anual de alquiler hubiese excedido del límite anual de deducción aplicable ese año (1.500€), y no hubiese podido aplicar íntegramente el importe correspondiente al 20% de la renta anual de alquiler (esto es 1.560€), sino que hubiese aplicado el límite de 1.500€.
Mejora en los programas David y Emanzipa: límites y nivel de renta
Han aumentado los límites a las deducciones por arrendamiento para acceso a vivienda (programa David) y el límite de la deducción por arrendamiento para emancipación (programa Emanzipa) que sube de 250 a 280€ mensuales. También sube el límite individual y conjunto de rentas que da derecho a esta deducción: el primero de 20.000 a 22.000€, y el segundo de 30.000 a 33.000€. A esta deducción también podrán optar los inscritos en 2024 como demandantes de empleo aunque no cumplan el requisito de edad si el alquiler que pagan por su vivienda no supera los 700 euros, frente a los 675 euros de 2023. Las dos deducciones se abonan de forma anticipada, previa justificación de la renta satisfecha cada mes. El contribuyente debe solicitar el abono de la deducción que le corresponda de forma anticipada. Si no lo solicita, no generará derecho a aplicar las deducciones, las dos compatibles entre sí pero incompatibles con la deducción por alquiler de vivienda habitual.
Exención sin límite de renta de la ayuda pública para rehabilitación
En la próxima renta seguirá en vigor una modificación que ya se aplicó en 2023 para que los contribuyentes que hayan percibido subvenciones por obras de rehabilitación protegida no tengan que tributar por ellas aunque superen los 30.000 euros de renta.
Planes de pensiones. Nuevo límite por aportación a seguros colectivos
Como en 2023, se mantiene en 1.500€ el límite de reducción que se puede aplicar un contribuyen por aportaciones a planes de pensiones individuales. Un límite hay que recordar que puede subir hasta los 8.500 euros si el aumento proviene de contribuciones empresariales o aportaciones del contribuyente a ese instrumento. Si la empresa aportó 500€, el trabajador podrá aportar hasta 1.250€ y por aportaciones empresariales de 1.500 euros se podrá aportar otros 1.500€. Como novedad, en la declaración de este año se incorpora un nuevo límite de reducción que se aplicará cuando las aportaciones se realicen a favor de seguros colectivos que no incluyan a todos los trabajadores. Así, el límite de reducción máxima aplicable se verá limitado de 8.500€ a 4.250.
Baja hasta el 75% la deducción por cuidados en el hogar familiar
Los navarros que este año hayan realizado contrataciones para cuidado de descendientes, ascendientes, otros parientes o personas discapacitadas podrán deducirse en la próxima renta el 75% de las cantidades abonadas por las cotizaciones a la Seguridad Social frente al 100% de deducción que pudieron aplicarse en 2023.
Rentas exentas: de los 200€ por bajos ingresos al sector agrario
Además del pago único de 200€ a familias con bajos ingresos, están exentas las ayudas de los eco-regímenes que forman parte de la nueva PAC (FEAGA). Con carácter general, el contribuyente deberá declarar el importe recibido en concepto de ayudas públicas al periodo en el que las perciba efectivamente y no al ejercicio en que fueron concedidas.
Inversión en eléctricos y energías renovables. El requisito clave
El contribuyente deberá tener en cuenta que esta deducción, que puede llegar al 35% por compra de eléctricos en rentas de hasta 30.000 euros, está condicionada a que se emita un informe acreditativo de la inversión por parte del órgano competente en materia de energía. Según la normativa, la deducción se aplicará “en la primera autoliquidación que se debe presentar a partir de la fecha de emisión del informe”. Lo que se busca es evitar que el contribuyente tenga que solicitar la revisión de su autoliquidación una vez que obtenga el informe por parte del órgano competente para su emisión.