Ayudas

El SEPE reclama a 1.400 navarros la devolución de pagos indebidos por los ERTE Covid

Los expedientes en tramitación suman 950.000€ y son los últimos que el organismo tiene pendientes para completar la recuperación de las ayudas que abonó por error en la Comunidad foral: 26,6 millones

El colapso de las administraciones frena miles de trámites esenciales en Navarra como el DNI o el SEPE
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El colapso de las administraciones frenó durante la pandemia de la covid  miles de trámites esenciales en Navarra como el DNI o el SEPE
El colapso de las administraciones frena miles de trámites esenciales en Navarra como el DNI o el SEPE

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Diana de Miguel

Actualizado el 25/04/2024 a las 15:26

Cuatro años después de que la pandemia de la covid irrumpiera en nuestras vidas y el Gobierno pusiera en marcha los ERTE (suspensiones temporales de empleo) para proteger a los trabajadores permitiéndoles cobrar el paro durante los meses que sus empresas permanecieron cerradas o a medio gas, el SEPE está reavivando ese recuerdo cada día ya más lejano a 1.400 de los trabajadores que fruto de esos expedientes recibieron pagos por error y a quienes les está informando por correo postal tanto de las cuantías que deben devolver como de las vías para realizar dicha devolución. Cuantías que en conjunto suman unos 950.000 euros lo que arroja una media por expediente de 678 euros y que según aseguran desde el SEPE son las últimas que el organismo tiene pendientes para completar la recuperación de los 26,6 millones que en total abonó por error a trabajadores de la comunidad durante la tramitación de los ERTE derivados de la covid que finalizaron el 31 de marzo de 2022 y de los que hasta el momento ha recuperado 25,65 millones.

Las reclamaciones se deben a diferentes motivos. Desde haber seguido abonando la prestación a un trabajador que ya había salido del ERTE, a la regularización a posteriori de los días afectados por el expediente, pasando, entre otros, por la adecuación de los porcentajes de jornada. Los motivos que explican esas cantidades de reclamación tan abultadas y también los retrasos en la tramitación de los expedientes de reclamación de las cantidades indebidamente abonadas son dispares. Hay que tener en cuenta por un lado que durante la pandemia se dio la orden de agilizar al máximo las tramitaciones de los ERTE para que los trabajadores pudieran cobrar el paro cuanto antes. Una situación inédita y de emergencia máxima que derivó en un gran colapso en los organismos públicos. La normativa que regulaba estos ERTE se publicó el 18 de marzo de 2020 y su gestión supuso un enorme reto para las empresas. En Navarra se llegaron a abonar unos 187 millones de euros dentro de los ERTE covid. Una herramienta que ya existía en la legislación laboral, pero que se adaptó a las circunstancias permitiendo su tramitación en cinco días y a las empresas exonerarse las cuotas a la Seguridad Social.

REVISIONES DESDE 2021

Desde el SEPE aseguran que desde principios de 2021 empezaron a revisar las prestaciones abonadas en Navarras por los ERTE derivados de la covid. “Se han tramitado ya muchos de estos procedimientos pero otros se han dilatado, fundamentalmente por la dificultad de cumplir con la obligación de comunicar fehacientemente a las personas la deuda, debido a que las notificaciones no llegaban a la persona por haber cambiado de domicilio sin haberlo comunicado al SEPE, por lo que ha habido que repetir en algunos casos el procedimiento de reclamación”, explican desde el SEPE que espera recuperar la mayor parte de la cuantía que se reclama “al igual que ocurre en el resto de reclamaciones por cobros indebidos de prestaciones que se gestionan desde el SEPE. Lo que no se pueda en los plazos legales se remitirá a la Tesorería General de la Seguridad Social para su cobro por la vía de apremio”. El SEPE da a los afectados un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Los beneficiarios de las prestaciones tributaron por ellas en el IRPF por lo que tendrán derecho a pedir una rectificación en Hacienda.

EL PROCESO DE RECLAMACIÓN

1 Comunicación vía postal de la reclamación. En ella se informa al trabajador de la cuantía a devolver y se le otorga un plazo de 10 días para realizar alegaciones. Si la persona está conforme puede esperar a recibir la resolución o bien optar por realizar el abono mediante un boletín de ingreso que se le adjunta con la cuenta bancaria en la que podrá realizar el pago.

2 Resolución definitiva.
Transcurrido el plazo de alegaciones sin haber abonado la cantidad reclamada, no habiendo alegaciones o atendiendo a las mismas, el organismo emitirá una nueva resolución a la persona afectada para reclamarle la cuantía finalmente determinada. En la misma se lo otorgarán 30 días para realizar el reintegro en la cuenta indicada en el boletín de ingreso que se vuelve a adjuntar en la comunicación. En la misma se indica además la posibilidad de recurrir en un plazo de 30 días, si bien la interposición de este recurso no interrumpe el plazo de pago.

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