Normativa

Animales de compañía, fuera del Parlamento

En edificios y dependencias públicas se debe permitir la entrada con animales de compañía, salvo que haya una prohibición expresa señalizada. El Parlamento navarro ha decidido no autorizarlo

La fachada del Parlamento de Navarra, en una imagen de archivo.
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La fachada del Parlamento de Navarra, en una imagen de archivo
La fachada del Parlamento de Navarra, en una imagen de archivo.

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Beatriz Arnedo

Publicado el 17/12/2023 a las 05:00

El Parlamento de Navarra no va a permitir la entrada a su sede de los animales de compañía. Solo podrán acceder los perros de asistencia junto a la persona a la que asisten y los que utilizan para su labor los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

La ley nacional de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre, establece que “salvo prohibición expresa debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas” (art. 29.3). Esta ley tiene carácter de legislación básica, es decir, todas las comunidades la deben cumplir.

El Parlamento de Navarra, “de conformidad con el parecer de la Policía Foral que se encarga de la custodia de las dependencias de la sede de la Cámara”, ha acordado no autorizar ese acceso al edificio de los animales de compañía, tras pedir a sus servicios jurídicos un informe para analizar la situación que genera la nueva norma nacional.

Como detalla ese informe jurídico, varios parlamentos autonómicos cuentan con una regulación interna sobre el acceso de los animales a sus dependencias. En la sede de la Asamblea Regional de Murcia no se puede entrar con animales excepto con los perros guía que acompañan a personas con discapacidad visual y los perros que utilizan para su labor las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Así lo establecen también las cámaras de Andalucía y de Castilla-La Mancha.

DÓNDE SE PERMITE Y CÓMO

El informe jurídico advertía al Parlamento de que en caso de que hubiese decidido permitir la entrada con animales de compañía debería indicar dónde y cómo, si en visitas guiadas o en el acceso a las exposiciones temporales, al registro o a sesiones públicas y con qué requisitos, si el animal debía llevar correa, bozal, el número máximo permitido o si se debía inscribir previamente.

No será necesario. La decisión ha sido prohibir la entrada a la sede del Legislativo con animales de compañía.

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