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Tribunales

Un transportista autónomo navarro logra que el juzgado le cancele una deuda de 375.490 euros

Solo deberá abonar una cuota de 300 euros al mes durante 5 años para pagar una parte de la deuda pública

Ampliar Un transportista autónomo navarro logra que el juzgado le cancele una deuda de 375.490 euros
Palacio de Justicia de PamplonaCalleja
Actualizado el 01/07/2022 a las 19:33
Un transportista autónomo navarro ha conseguido que el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona le libere de una deuda de 375.490,1 euros que arrastraba desde la crisis económica de 2008 gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, una norma que posibilita que personas físicas se sometan a un procedimiento similar al de las empresas y conseguir que un juez apruebe la exoneración definitiva de sus deudas. Solamente deberá hacer frente a la parte "no exonerable" de la deuda con Hacienda y que se saldará con el abono de una cuota mensual de 300 euros durante 5 años.
El afectado ha logrado la cancelación de su deuda a través de la abogada Mónica Puente, de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Según relata esta asociación, el transportista tenía trabajo y unos ingresos "buenos", pero los gastos mensuales que tenía que asumir le impedían hacer frente al pago de la hipoteca de su vivienda. También empezó a acumular deudas tributarias. Y pese al intento de refinanciar su deuda hipotecaria y solicitar un fraccionamiento de la deuda pública, no tuvo éxito. 
La abogada relata que la estrategia que siguió fue la de entregar la vivienda a cambio de la deuda total, pudiendo vivir en ella durante le proceso sin pagar nada, e incluir la deuda pública en la sentencia. Una vez comunicado al juzgado la situación del autónomo mediante un preconcurso de acreedores, se iniciuó un periodo de negociación con todos los acreedores. Estos no aceptaron el plan de pagos propuesto por el endeudado, lo que permitió acreditar ante la juez su "buena fe", un requisito indispensable para lograr un pronunciamiento positivo del juzgado. 
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando a este deudor libre de pagar euros 375.490,12 euros. Solamente tendrá que hacer frente a la parte “no exonerable” de derecho público, con una mensualidad de 300 euros durante 5 años.
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