Medidas
Las nuevas restricciones están ya en vigor desde este miércoles, tras el aval del TSJN
Permanecerán vigentes hasta el próximo 14 de enero, inclusive


Actualizado el 29/12/2021 a las 12:48
Este miércoles entran en vigor las nuevas medidas preventivas de carácter extraordinario para hacer frente al COVID-19, que fueron autorizadas este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y que permanecerán vigentes hasta el próximo 14 de enero, inclusive.
Están recogidas en una orden foral de la consejera de Salud, publicada esta mañana en el Boletín Oficial de Navarra, que tiene como objetivo reducir la transmisión comunitaria del virus y la presión que sufre el sistema sanitario, especialmente en la Atención Primaria (centros de salud, detección y vacunación) y que también va en aumento en la red hospitalaria y en las unidades de cuidados intensivos.
Entre otras medidas, se recupera el horario de cierre de una serie de locales y actividades entre la 1:00 y las 6:00 horas, se vuelve a la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas; y se regulan además eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo y actividades navideñas.
Además, se amplía el uso del pasaporte COVID, que será obligatorio para el acceso de las personas de 12 años en adelante a los locales y establecimientos con licencia de discoteca, sala de fiesta, café espectáculo y sala de conciertos. Así como para participar en eventos multitudinarios en interiores (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos los comedores de universidades y de empresa); alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares; gimnasios e instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas. Y se excluyen del requisito de control de acceso los espacios y terrazas al aire libre de dichos establecimientos.
Para que el pasaporte COVID sea válido, es imprescindible que haya sido emitido por un servicio público de salud o por un centro autorizado por el Departamento de Salud y contempla tres supuestos: certificado de vacunación (pauta completa), certificado de prueba (PCR negativa en las últimas 72 horas o test de antígenos negativo en las últimas 48 horas) y certificado de recuperación (se emite tras haber pasado el COVID-19 y su validez es de 180 días). Cabe recordar que este documento se puede descargar desde la Carpeta Personal de Salud.
El Gobierno de Navarra ha publicado un documento de preguntas frecuentes para resolver aquellas dudas que pueda tener la ciudadanía sobre estas nuevas medidas.
Horarios de cierre obligatorio
La orden foral recoge el cierre obligatorio entre la 1 y las 6 horas de la actividad de comercios, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos. Esta medida se extiende a los establecimientos situados en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, como las sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos, etc.
Además, en los locales de hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes) el consumo será siempre sentado en mesa y las barras solo podrán utilizarse para pedir y recoger la consumición.
Por otra parte, se permite el consumo en mesas con taburetes y se encuentren pegadas a la barra, aunque serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, la misma distancia que entre las mesas. En cuanto a las mesas o grupos de mesas, no podrán agrupar a más de diez personas, con una distancia de seguridad interpersonal de 70 cm.
Además, sigue vigente la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo “botellón” y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.
La nueva orden prohíbe el consumo de comidas y bebidas en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores, será necesario solicitar con carácter preceptivo informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. La única excepción serán las salas de cine, en las que se permitirá excepcionalmente el consumo de alimentos y bebidas, solo en las salas que mantengan una distancia mínima de una butaca entre unidades convivenciales.
Por su parte, las actividades navideñas (cabalgatas, desfiles o similares y carreras como la San Silvestre), requerirán informe preceptivo del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra siempre y cuando superen las 500 personas en el interior y las 1.000 en el exterior.
Uso responsable de los servicios sanitarios
Salud recuerda además la necesidad de hacer un uso responsable de los servicios sanitarios y emplear los servicios de Urgencias solo para situaciones graves y que no permitan la espera. Y contactar preferentemente con el centro de salud cuando se produzcan síntomas compatibles con la COVID.
A estas medidas se añaden a las recomendaciones, publicadas la semana pasada, de cumplir las medidas preventivas frente al COVID-19 durante las navidades, como limitar a 10 personas y 2 grupos familiares los encuentros entre no convivientes.
NUEVAS RESTRICCIONES EN NAVARRA
HOSTELERÍA Y OCIO NOCTURNO
El cierre de los locales se adelanta a la una
Se cierra desde la una de la madrugada y hasta las seis de la mañana la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculos, salas de concierto, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, así como de actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos.
Regirá la misma limitación en establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, y también en sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos y similares.
PASAPORTE COVID
También para acceder a residencias, gimnasios y hoteles
El uso del pasaporte covid se exigirá para acceder a determinados espacios cerrados y con afluencia de personas. Es el caso de las residencias y centros sociosanitarios, que ya solicitó con anterioridad pero fue desestimado por el TSJN por un defecto de forma - lo pidió la consejera Carmen Maeztu en lugar de Santos Induráin- o los gimnasios. También se exigirá para acceder a locales u establecimientos con licencia de discotecas y alojamientos turísticos como albergues o hoteles. Quedan excluidos de este control los espacios y terrazas al aire libre de dichos establecimientos.
BOTELLONES
El consumo de alcohol en la vía pública sigue estando prohibido
El Gobierno foral recuerda en la orden foral que ayer remitió al Tribunal Superior de Justicia de Navarra que aunque no existe toque de queda en la comunidad, las “celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol”, lo que popularmente se conoce como botellones, en la vía pública así como en plazas, parques u otros lugares de tránsito seguirán estando prohibidas. En otras comunidades, como es el caso de Cataluña, las autoridades sí han optado por reimponer el toque de queda a partir de la Nochebuena y durante quince días para abarcar todo el periodo festivo.
CONSUMO
Deberá realizarse sentado en mesas con no más de 10 personas
Con las nuevas restricciones que se plantean, el consumo en bares y restaurantes deberá realizarse siempre sentado en mesa. Las barras de los locales sólo podrán utilizarse para pedir y recoger la consumición. Sí se permitirá el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Las mesas o grupos de mesas no podrán superar las diez personas garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 centímetros entre ellas. Las medidas serán aplicables también en sociedades gastronómicas y peñas, así como en piperos y similares.
EVENTOS CON BUTACA PREASIGNADA
Sin consumo de comidas y bebidas
En actividades culturales y deportivas con butada preasignada estará prohibido el consumo de bebidas y comidas. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y las 2.000 en exteriores será necesario solicitar con carácter preceptivo un informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra. La recomendación general en espacios interiores es escalonar las entradas y salidas o distribuirlas por distintos accesos para evitar aglomeraciones, además de contar con una ventilación adecuada y del uso correcto de la mascarilla en todo momento.
SAN SILVESTRES Y CABALGATAS
Se exigirá informe de Salud en función del aforo
La celebración de las tradicionales San Silvestres y de las cabalgatas de Reyes deberán ser autorizadas por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra si superan determinados aforos: 500 personas en interior y 1.000 en exterior. En el caso de las cabalgatas de Reyes la recomendación general de los técnicos del Instituto es que se celebren preferentemente de manera estática o en lugares en los que se pueda controlar el acceso evitando aglomeraciones y garantizando siempre el cumplimiento de todas las normas de higiene y medidas de prevención.