31/10/1973

Los represaliados que fueron rehabilitados podían cobrar toda su antigüedad

Diario de Navarra

Publicado el 31/10/2023 a las 05:00

A los funcionarios del Estado que fueron separados de su trabajo por depuración como consecuencia de la guerra civil y rehabilitados posteriormente se les debía abonar para el cómputo de trienios el tiempo durante el cual estuvieron separados como si tal sanción no se hubiera impuesto. Esta fue la doctrina de la Sala V del Tribunal Supremo en la sentencia dictada en relación con un recurso interpuesto por Julián Pérez Palacios, maestro nacional, contra la Administración Pública. El recurrente, según la sentencia, ingresó en el Magisterio Nacional de Enseñanza Primaria por oposición libre el 27 de septiembre de 1927 y cesó en el ejercicio de su profesión por motivos de carácter político social el 18 de julio de 1936. El expediente de depuración y sanción fue revisado y anulado el 7 de marzo de 1967, en que se reintegró a su cargo.

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