Terrorismo
Anboto vuelve a la cárcel tras la decisión del juez de rechazar su semilibertad
Portando una mochila con sus efectos personales y una rosa roja, Iparragirre se despidió de sus allegados, que trataron de impedir que se grabaran imágenes


Publicado el 23/04/2026 a las 18:19
La exdirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias 'Anboto', regresó este miércoles, minutos antes de las siete de la tarde, a la cárcel de Martutene después de que el titular de la Plaza 1 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, haya rechazado la aplicación del régimen de semilibertad. La que fuera dirigente de ETA llegó acompañada de media docena de personas que, tal y como se aprecia en el vídeo, intentaban impedir que se grabaran imágenes de su entrada en las instalaciones penitenciarias.
Portando una mochila con sus efectos personales y una rosa roja, Iparragirre se ha despedido de sus allegados y ha entrado en la prisión. La que fuera dirigente de ETA ya no podrá volver a abandonar el centro de lunes a viernes como venía haciendo desde hace casi un mes.
José Luis Castro sigue así el criterio de la Fiscalía, que presentó un informe en el que se oponía al régimen de semilibertad de 'Anboto', que fue autorizado por el Gobierno Vasco. En opinión del juez, la decisión de la semilibertad genera "falsas expectativas" a 'Anboto' y también "desasosiego innecesario" a las víctimas "e incluso a la ciudadanía, que ante las noticias en los medios de comunicación le resultará extraño estas decisiones de excarcelación/encarcelación".
El juez ha recordado la "extrema gravedad" de los delitos por los que fue condenada: diez asesinatos, tenencia de explosivos, atentados, estragos, incendios, tenencia de armas y delitos contra la Corona que se han acumulado en una pena de 30 años de prisión. Además, el magistrado indica que las fechas de cumplimiento de las tres cuartas partes de la condena están "relativamente próximas" -en marzo de 2027-, aunque añade que su licenciamiento definitivo no se cumplirá hasta septiembre de 2034.
El magistrado analiza, además, la naturaleza del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una medida excepcional que ha empleado el Ejecutivo vasco y que exige -puntualiza el magistrado- "una justificación individualizada de su pertinencia, como medida de flexibilización del grado". Por ello, según los argumentos del juez, su aplicación "debe estar suficientemente justificada y debe motivarse su necesidad en el proceso de reinserción". De hecho, el juez reconoce "no entender la ejecutividad" de la medida cuando, apunta "se necesita la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia". "Estamos ante la reducción al absurdo, una suerte de cuadratura del círculo insostenible", sostiene.
El auto del juez analiza igualmente los informes que obran en el expediente penitenciario de 'Anboto', que acreditan "una positiva evaluación de su actitud". "Ha asumido sus delitos, abona de forma fraccionada las responsabilidades civiles, ha repudiado la violencia y ha pedido perdón a las víctimas", se subraya.
Sin embargo, Castro advierte de que la exmiembro de ETA "no ha disfrutado de permiso alguno concedido por el Juzgado, lo que impide valorar su evolución, tal y como contempla el sistema penitenciario español, a partir del principio de individualización y de progresividad". Para el magistrado, aplicar el artículo 100.2 sin tener en cuenta permisos "impide valorar la evolución de la penada", tal y como manifestó el fiscal en su informe.