Movilidad

La nueva normativa de patinetes eléctricos entra en vigor el 2 de enero 2026: obligaciones de los usuarios

Nuevo reglamento DGT: todos los usuarios de patinetes eléctricos deberán contratar seguro de responsabilidad civil, registrar y certificar el vehículo antes de enero de 2026

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Imagen de archivo de dos personas en patinetearchivo dn

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Diario de Navarra

Publicado el 16/12/2025 a las 08:36

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha fijado el 2 de enero de 2026 como fecha límite para que los propietarios de patinetes eléctricos que circulen por las vías públicas en España cumplan con tres requisitos fundamentales: contratar un seguro de responsabilidad civil, registrar el vehículo y aportar la correspondiente certificación de homologación. Con estas medidas, España se ajusta a la Directiva 2021/2118 de la Unión Europea, tras su aprobación en 2024.

La obligación de asegurar y registrar los patinetes eléctricos no es una decisión reciente. El acuerdo fue adoptado en 2024 para facilitar la transición de usuarios y servicios municipales, disponiendo de un margen de año y medio para regularizar la documentación de los vehículos de movilidad personal. Algunos ayuntamientos, como el de Córdoba, ya vienen aplicando estas medidas desde 2023. La normativa implica una mayor seguridad jurídica tanto para usuarios como para terceros, según fuentes oficiales de la DGT.

El trámite que mayor interrogante genera entre los usuarios es la contratación obligatoria de un seguro de responsabilidad civil. Todos los conductores de patinete eléctrico deberán contar con una póliza que cubra los daños a terceros en caso de accidente, tanto si son responsables como si resultan afectados. Además, el registro del vehículo y la certificación de homologación serán requisitos exigibles.

Los patinetes adquiridos como nuevos a partir de 2024 ya deben incorporar la placa identificativa homologada, que confirma el cumplimiento de los criterios técnicos estipulados por la DGT: velocidad máxima de 25 km/h, peso inferior a 50 kilos, potencia máxima de 1.000 W sin autoequilibrado o 2.500 W con autoequilibrado, y altura de manillar hasta 70 centímetros. Para los patinetes adquiridos antes de 2024, la obligación de certificación se extiende hasta 2027.

Los titulares de patinetes eléctricos que no dispongan de la certificación ni de la placa homologada deberán solicitar una evaluación en alguno de los cuatro laboratorios habilitados por la DGT para tal fin. Este procedimiento puede tramitarse online a través de la web de Tráfico y, actualmente, solo el laboratorio de IDIADA se localiza en España. 

La entrada en vigor de esta normativa implica también nuevas sanciones económicas. Quienes circulen sin el seguro obligatorio podrán enfrentarse a multas que oscilarán entre 200 y 1.000 euros. Dicha cuantía se sitúa en torno a un tercio de las sanciones previstas para conductores de automóviles sin seguro, que oscilan entre 600 y 3.000 euros, según la reformulación vigente de la Ley de Seguros de Automóviles.

Este marco regulatorio busca unificar y reforzar la seguridad vial en el uso de patinetes eléctricos, consolidando la figura del usuario responsable y equiparando las obligaciones legales con las de otros vehículos motorizados ligeros.

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