Tribunales

La Audiencia de Madrid avala que Peinado investigue a Begoña Gómez por tráfico de influencias

El tribunal en cambio saca de la causa el rescate de Air Europa y archiva al rector de la UCM y a Güemes, quien fichó a la acusada en 2018

El juez Juan Carlos Peinado a su salida a los juzgados de la plaza de Castilla este jueves en Madrid
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El juez Juan Carlos Peinado a su salida a los juzgados de la plaza de Castilla
El juez Juan Carlos Peinado a su salida a los juzgados de la plaza de Castilla este jueves en Madrid

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Agencia Colpisa

Publicado el 16/05/2025 a las 19:10

La Audiencia Provincial de Madrid avaló este viernes la tesis central del juez Juan Carlos Peinado para investigar a Begoña Gómez. El tribunal, en un extenso auto en el que tomó varias decisiones trascendentales para el devenir de la causa, respaldó que el juez indague si la esposa del presidente del Gobierno se pudo aprovechar de esta condición "para vender supuestos favores u ofrecer supuestas influencias, siempre, eso sí, a cambio de contraprestaciones de la más diversa índole, encaminadas a proyectar su carrera profesional en la búsqueda de una posición privilegiada".

En contestación al recurso presentado por la defensa de Gómez, los magistrados compran en este momento de la causa la línea maestra de la investigación de Peinado, en tanto en cuanto las empresas del Grupo Barrabés -para cuyo máximo responsable Juan Carlos Barrabés confirmaron ayer su imputación- "resultaban una pieza clave en el desarrollo e implementación de la cátedra" que digirió la principal investigada en la Universidad Complutense entre 2020 y 2024.

El tribunal añade para secundar la tesis provisional del juez Peinado que Gómez pudo valerse de Grupo Barrabés "para el lanzamiento (de la citada cátedra) y la supuesta excelencia profesional desde la cual se habrían urdido el resto de actividades, sobre la que se proyecta la sospecha delictiva, consistente en una clara desviación de poder". 

Sin embargo, en la misma resolución la Audiencia Provincial tomó otra serie de decisiones que afectan al desarrollo mismo de esta línea de investigación por presunto tráfico de influencias y a otras abiertas por Peinado. Se trata, por ejemplo, del papel en la causa del rector de la Universidad Complutense Joaquín Goyache, a quien el tribunal levantó la imputación por el citado delito por falta de indicios; o del que fuera consejero del PP en la Comunidad de Madrid Juan José Güemes, actual directivo del Instituto de Empresa, quien contrató en 2018 a Begoña Gómez en el germen de lo que fue la creación posterior de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva (TSC).

Del mismo modo, la Audiencia vuelve a cerrar el paso definitivamente a Peinado sobre la investigación del rescate de Air Europa en plena pandemia por parte del Gobierno. Una decisión que afecta directamente a las diligencias realizadas por el instructor en su intento de seguir adelante con este asunto, tal y como advirtió la semana pasada a la Fiscalía y a la defensa de Begoña Gómez, aprovechando informaciones periodísticas sobre el 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo. En este sentido, el tribunal deja sin efecto un requerimiento relevante de Peinado, que había pedido información de la SEPI (sociedad pública) sobre las ayudas otorgadas a la compañía de la familia Hidalgo (Globalia). 

"Por estar ya perfilados los hechos no podemos admitir la investigación de otros distintos", aclaran los magistrados al instructor. Del mismo modo, le instan a que, en caso de apreciar la existencia de algún hecho nuevo delictivo, deduzca testimonio del mismo para su tramitación separada en otro juzgado, "todo ello en orden a dar una mayor efectividad y concreción a la causa". Contratación La Audiencia también insiste en dejar fuera del procedimiento todo lo relativo al África Center del Instituto de Empresa, donde trabajó Begoña Gómez. Explica que en relación a la testifical de Sonsoles Gil de Antuñano, directora de Recursos Humanos, que fue llamada a declarar en relación a la contratación de Gómez en agosto de 2018 cuando Pedro Sánchez ya había sido nombrado presidente del Gobierno, "que esta diligencia resulta innecesaria porque excede de lo que es objeto de esta instrucción, del delito de tráfico de influencias, ya que en este caso fue la empresa mencionada la que quiso contar con los servicios de Gómez".

Finalmente, la Audiencia descarta que la declaración como testigo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no fuese necesaria. "Resulta útil y pertinente porque de las diligencias practicadas se deducen múltiples reuniones para la constitución de la cátedra, celebradas en el entorno institucional de la Presidencia del Gobierno, habiendo estado presente en alguna ocasión el presidente", justifica.

En este contexto, cabe recordar que la Fiscalía pidió que no se entregase el vídeo de su declaración a las partes. La Audiencia, a pesar de que el juez ya facilitó la misma, asegura que "carecía de cualquier utilidad la entrega de dicha declaración" en tanto que, en la misma, Sánchez "se acogió a su derecho a no declarar" contra su esposa. Por lo tanto, la Sala insta al juez a guardar a futuro "el debido respeto al derecho a la intimidad de los declarantes", facilitando a las partes acceso a las diligencias de este tipo en la Secretaría del Juzgado, "a fin de garantizar el derecho a la imagen de todas las partes, ya que se trata de actuaciones reservadas como toda actuación practicada en fase de instrucción", avisan los tres magistrados de la Sala a Peinado. 

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