El SEPE ya permite trabajar y cobrar un subsidio a la vez: ¿en qué casos es incompatible el Complemento de Apoyo al Empleo?

Este sistema se aplicará de oficio, lo que significa que todos los beneficiarios a los que se les reconozca el subsidio se encontrarán bajo esta modalidad de manera automática

Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid
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Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid
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Diario de Navarra

Actualizado el 11/02/2025 a las 09:06

Desde el 1 de noviembre de 2024 es posible trabajar a tiempo parcial o completo y simultáneamente recibir un subsidio como complemento de apoyo al empleo. Así se aprobó el pasado mes y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) está efectuando dicho cambio.  Sin embargo, ¿en qué supuestos se vuelve incompatible?

El régimen de compatibilidad surge como una medida para fomentar el empleo mientras se protege al trabajador que no logra cubrir todas sus necesidades económicas con el trabajo a tiempo parcial. Este sistema se aplicará de oficio, lo que significa que todos los beneficiarios a los que se les reconozca el subsidio se encontrarán bajo esta modalidad de manera automática.

¿CÓMO FUNCIONA EL COMPLEMENTO DE APOYO AL EMPLEO?

Si al obtener el subsidio comienzas a trabajar, el subsidio se transformará en un complemento de apoyo al empleo, sin posibilidad de suspensión por razón del trabajo. Esta compatibilidad incluye tanto los contratos registrados a partir del hecho causante del subsidio como trabajos iniciados después de esta fecha, siempre que sean de 180 días o menos.

El ingreso de este complemento está condicionado por la jornada laboral actual. Los cálculos de percepción trimestral dependen del tipo de jornada, estableciéndose un máximo de 480 euros para jornada completa, 450 para tiempo parcial del 75%, y así sucesivamente, reduciendo las cantidades conforme avance el trimestre.

Tabla Complemento de apoyo al Empleo
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Tabla Complemento de apoyo al EmpleoSEPE
Tabla Complemento de apoyo al Empleo

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CUÁNDO NO SE PUEDE COMPAGINAR EL SUBSIDIO

Aunque la ayuda tiene un amplio margen de aplicación, existen restricciones que prohíben su integración con el subsidio. Por ejemplo, no puede compatibilizarse cuando la contratación se realiza en una empresa con un expediente de regulación de empleo, o si el beneficiario ha trabajado con el mismo empleador en los últimos doce meses. Además, las relaciones laborales con familiares cercanos o conexiones directas con la administración de la empresa son otra limitación crítica.

Inicialmente, este beneficio no tiene plazo fijo de suspensión, pero si agotadas las 180 jornadas todavía no se ha consumido el subsidio, podrá ahora reanudarse sin compatibilidades, una vez se acredite el desempleo legal según lo requerido.

¿CUÁNTO DURA?

El tiempo de disfrute del subsidio adoptado como complemento, que llega a un máximo de 180 días, se descuenta de la duración total del subsidio aprobado. En caso de mantener un empleo sin sobrepasar la duración del contrato origen o concluir el total del subsidio disponible, se procederá a la suspensión si no existen nuevas condiciones de desempleo.

Ante la extinción de la relación laboral, es mandatorio notificar al SEPE en un plazo de quince días para evitar sanciones que conllevan posibles cobros indebidos. No obstante, si durante este cese cuentan con empleos adicionales válidos, la compatibilidad se ajusta al nuevo contexto laboral.

Si tras este límite no se ha gastado completamente el subsidio y hay desempleo demostrable, se puede reactivar el subsidio original. La flexibilidad del sistema permite posicionarse favorablemente, ajustándose a las necesidades laborales temporales de los beneficiarios bajo los términos reconocidos por el SEPE.

Este nuevo sistema, aunque innovador y de apoyo, exige una gestión atenta y cumplimiento riguroso de las condiciones establecidas para evitar penalizaciones y asegurar que los beneficiarios maximicen las ventajas del subsidio conjuntamente con el empleo. ¡Mantente informado y en regla con los mandatos del SEPE para aprovechar al máximo estas ayudas!

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