Paro

Nueva ayuda del SEPE de 500 euros para desempleados: requisitos y cómo solicitarla

La renta activa de inserción (RAI) está destinada a parados de larga duración

Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid
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Una oficina del SEPE
Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid

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Iñigo AlzuetaDN Contenidos

Actualizado el 08/04/2024 a las 10:16

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de una ayuda para los parados con dificultades para retornar al mercado laboral tras un largo periodo inactivo. Es la renta activa de inserción (RAI). Si sigues en paro y no tienes derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puedes solicitar esta ayuda, informa este organismo en su página web. Deberás solicitar cita previa para presentar la solicitud en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si eres una persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad, previamente, deberás acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de tu oficina la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE).

Te interesa conocer los requisitos para percibir esta ayuda, tal y como publica el SEPE en su portal online.

- Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.

- Ser menor de 65 años.

- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

- Si tienes cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de tu unidad familiar así constituida, incluyéndote a ti, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

- Pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual quienes tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias con anterioridad de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.

- No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

¿Cuál es la cuantía a percibir? La cuantía mensual de esta ayuda es el 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 €, según figura en la web del SEPE, pero se trata de unos pagos de tiempo limitado. La RAI se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud.

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