Tribunales

Dani Alves, condenado a 4 años y medio de cárcel por violar a una joven en Barcelona

El tribunal ha comunicado la sentencia este jueves a todas las partes de la causa y al propio jugador

El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves, acusado de violar a una joven en un baño de la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022, sentado en el banquillo de los acusados momentos después de que arrancara el juicio contra él
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El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves, acusado de violar a una joven en un baño de la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022, sentado en el banquillo de los acusados momentos después de que arrancara el juicio contra él
El exjugador brasileño del FC Barcelona Dani Alves, acusado de violar a una joven en un baño de la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022, sentado en el banquillo de los acusados momentos después de que arrancara el juicio contra él

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Europa Press

Actualizado el 22/02/2024 a las 13:21

La Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista Dani Alves a 4 años y medio de cárcel por violar a una joven en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 diciembre de 2022, forzando la voluntad de la víctima "con uso de la violencia".

En la sentencia, notificada este jueves, la sección 21 de la Audiencia condena por un delito de agresión sexual a Alves, que ya lleva poco más de un año en prisión preventiva, a cuatro años y medio de cárcel, cinco de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima, a la que deberá indemnizar con 150.000 euros.

En el juicio, que se celebró entre el 5 y el 7 de febrero pasados, la Fiscalía pidió nueve años de cárcel para Alves y la acusación particular, doce.

La sala, que aplica la atenuante de reparación del daño, concluye que se ha acreditado que Alves "cogió bruscamente" a la víctima, la tiró al suelo y, evitando que se pudiera mover, la violó, "pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir".

Según la Audiencia, "para la existencia de agresión sexual no es preciso que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales".

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