Pensiones
Listado de razones por las que te pueden retirar la pensión de jubilación
Los motivos varían según si es una pensión contributiva o no contributiva


Publicado el 17/01/2024 a las 09:51
Cuando uno se jubila en España, empieza a percibir una pensión pública que puede ser contributiva o no contributiva según el tiempo que haya cotizado. Un mínimo de 15 años para que la pensión sea contributiva. No obstante, este no es el único requisito, sino que existe una serie de obligaciones que si se incumplen pueden llevar a la retirada de esta prestación de la Seguridad Social.
El medio La Información divide las razones por las que te pueden retirar la pensión dependiendo del tipo de pensión. Si cobras una pensión no contributiva te la pueden retirar en al menos estos casos:
SUPERAR LOS INGRESOS MÁXIMOS PERMITIDOS
La pensión no contributiva es una ayuda económica para quienes no tienen suficientes recursos, por lo que el primer requisito es que los ingresos personales no superen los 7.250,60€ durante todo el ejercicio.
En caso de convivir con otras personas, se suman los ingresos de todos los miembros de la unidad económica de convivencia. Si solo se incluye al cónyuge o a parientes de segundo grado, los límites son:
- 2 convivientes: 12.326,02 euros por año.
- 3 convivientes: 17.401,44 euros por año.
- 4 convivientes: 22.476,86 euros por año.
Si, por el contrario, se incluyen también los padres o hijos, los límites son:
- 2 convivientes: 30.815,05 euros por año.
- 3 convivientes: 43.503,60 euros por año.
- 4 convivientes: 56.192,15 euros por año.
NO DECLARAR LOS INGRESOS
Los ingresos de la unidad familiar deben declararse durante los tres primeros meses del año.
CAMBIOS EN LA SITUACIÓN PERSONAL
Es requisito indispensable para mantener la pensión informar de cualquier cambio en la situación personal como el estado civil, los componentes de la unidad de convivencia o el lugar de residencia.
En el caso de las pensiones contributivas, La Información recoge los siguientes motivos por los que puedes dejar de percibir la ayuda.
INDISPONIBILIDAD
Este es el nombre que recibe la prohibición de cobrar dos pensiones de un mismo régimen a la vez. Dado el caso, el pensionista tendrá que elegir entre una u otra. La única excepción es la pensión de viudedad, que sí puede compatibilizarse con otras del régimen general.
CADUCIDAD
Las mensualidades de la pensión caducan al año de cuando debían haberse entregado. Además, es necesario tener en cuenta el riesgo de caducidad cuando se retrase la edad de jubilación más allá de los 65 años. Esto supone un aumento de la cantidad de la pensión que puede cobrarse a través de un porcentaje adicional de la pensión o en una paga única. Si se elige la segunda opción, esa cantidad caducará al año de hacerse efectiva si no se cobra.
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